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Cómo conseguir que el Estado financie al autónomo el 75% de los cursos a los que se apunte

La subvención para formación que ofrece la administración es la financiación de hasta 3.000 euros.

La formación continua es básica para cualquier profesional, especialmente para los miembros del colectivo de los autónomos. Es por ello que el Estado desarrolla una línea de ayudas por las que paga a los trabajadores autónomos hasta el 75% de los cursos de formación que realizan. A continuación analizamos cuáles son los requisitos que han de cumplir y los pasos que deben llevar a cabo para ello.

En concreto, la subvención para formación que ofrece la administración es la financiación de hasta 3.000 euros cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial, así como con las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Dicha formación deberá ser prestada por las asociaciones de trabajadores autónomos con carácter intersectorial y con suficiente implantación en el ámbito territorial nacional así como por otras personas jurídicas o físicas especializadas, que han de reunir garantías de solvencia profesional.

La normativa legal vigente establece que dicha subvención será concedida una única vez, aunque serán subvencionables todas las acciones de formación que haya recibido el beneficiario y se hayan desarrollado íntegramente en el plazo comprendido entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y los seis meses posteriores a tal momento.

Plazo de entrega

Asimismo, las solicitudes de subvención han de presentarse en el plazo de los seis meses posteriores al inicio de la actividad. Para lograrla, se deberá entregar una memoria de las acciones realizadas y las facturas abonadas de las actividades, además de cuantos documentos contables de valor probatorio equivalente, contratos u otra documentación acreditativa de los gastos realizados.

Por último, los beneficiados estarán obligados a realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención. Del mismo modo, tendrán que mantener su actividad empresarial y su alta en la Seguridad Social durante al menos tres años. En caso de incumplimiento deberán proceder al reintegro de las subvenciones percibidas.

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