Casos en los que el autónomo tiene prohibido emitir una factura simplificada
Sobre todo en las ventas a distancia, cuando la operación se realice fuera de la Unión Europea o en las entregas intracomunitarias de bienes
Ante la prestación de cualquier servicio o entrega de un bien los profesionales tienen la obligación de emitir una factura, conservando además una copia de la misma. Esta obligación también se extiende a los pagos anticipados salvo en las entregas intracomunitarias de bienes exentas.
Existe la posibilidad de emitir una factura simplificada con menor contenido, que es lo que se conoce por lo general como tiques. Aunque existen excepciones que prohiben expresamente al autónomo el uso de esta modalidad:
- Entregas intracomunitarias de bienes.
- Ventas a distancia.
- Operaciones que se realicen en el territorio donde se aplique el impuesto en las que el proveedor no se encuentre establecido, se produzca la inversión del sujeto pasivo y el destinatario emita una factura por cuenta del prestador.
- Las operaciones que no se localicen en el territorio de aplicación del impuesto si el proveedor está establecido, en donde la operación se hace fuera de la UE o cuando la operación tiene lugar en otro estado miembro, se realice la inversión del sujeto pasivo y el destinatario no emita la factura por cuenta del prestador.
Por el contrario, hay otra serie de situaciones en las que los autónomos y empresarios sí pueden expedir las facturas simplificadas:
- Cuando no se rebasen los 400 euros con el IVA incluido o
- se deba emitir una factura rectificativa.
También existen otros casos en los que se podrá expedir este tipo de facturas siempre que su importe no supere los 3.000 euros:
- Ventas al por menor: el destinatario de los servicios o bienes debe ser el consumidor final, por lo que no están aceptadas las ventas a empresarios que actúen como tal ni tampoco la comercialización de productos que por sus características sean de uso profesional o empresarial.
- Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
- Ventas o servicios en ambulancia.
- Transporte de personas y sus equipajes.
- Suministro de bebidas y comidas para consumir al momento, además de los servicios de restauración y hostelería prestados por bares y cafeterías.
- Servicios prestados por discotecas.
- Servicios prestados por salones de belleza y peluquerías.
- Uso de instalaciones deportivas.
- Servicios de tintorería y lavandería.
- Estacionamiento y alquiler de vehículos
- Alquiler de películas.
- Uso de autopistas de peaje.