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Prevé simplificar los conceptos de impuesto

CiU plantea un cambio en la fiscalidad del tabaco en España

Cajetillas apliadas en un estanco.
Cajetillas apliadas en un estanco.

Los Presupuestos Generales del Estado llegaron hace unos días al Senado para su tramitación. Entre las miles de enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios se encuentra una, la 3.295, presentada por CiU para cambiar la fiscalidad del tabaco y que se debate mañana. Una propuesta que, según estudian, iría encaminada a cumplir con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Aquel escrito, emitido por la institución comunitaria en otoño de 2014, obligaba a Italia a retirar el impuesto conocido como doble mínimo, que también opera en España. Dicho escrito dio la razón a una tabaquera, Yesmoke Tobacco, frente al Estado transalpino, al considerar que los impuestos especiales deben ser los mismos para todos los cigarrillos.

La figura del doble mínimo fue incluida en España en enero de 2013. Este impuesto está destinado a situar un suelo en los precios de las cajetillas, gravando más a aquellas cuyo importe se sitúe por debajo de los 3,92 euros, con 138 euros por 1.000 cigarrillos. Supuso un segundo colchón respecto al mínimo , que estaba fijado entre los 3,92 y los 4,10 euros por cajetilla, gravada con 128,65 euros por cada 1.000 cigarrillos.

La propuesta del grupo parlamentario catalán contempla un tipo único, simplificando los tres conceptos actuales (específico, proporcional y mínimo), a dos (específico y proporcional). La principal razón para la enmienda, que se debate hoy en el Senado, es para adaptarse a la normativa europea, según Salvador Sedó, senador de Unió Democràtica de Catalunya (UDC).

El político catalán asume que la sentencia afecta también a España, a la que, defiende, la Unión Europea ha enviado una “carta de emplazamiento” en la que obligan al Gobierno a cambiar la fiscalidad. “Lo que es ilegal en un Estado miembro tiene que serlo en el resto”, explica, “y el Gobierno es consciente de ello”.

Preguntado por esto, el Ministerio de Hacienda niega que haya recibido una comunicación oficial por parte de la UE instando a cambiar este impuesto. La institución sin embargo reconoce que desde que se conoció la sentencia sobre Italia, a finales del año pasado, se están estudiando las implicaciones que pueda tener en España.

Evitar la guerra de precios

Fuentes del mercado apuntan a que la existencia del doble mínimo ha evitado que se produzca una guerra de precios durante la crisis. Además, señalan que esta medida ha logrado una estabilidad para el sector tras años de caídas. Sin embargo, critican, al igual que hace el grupo parlamentario de CiU en su escrito, que desde junio de 2013 no se hayan actualizado los importes, pese a que el precio medio ha subido.

Sedó argumenta que la enmienda presentada por el grupo catalán permite mantener los objetivos sanitarios y recaudatorios que tienen los impuestos para el tabaco. Además, considera que no se dará pie a una guerra de precios. “En ninguno de los casos, esta modificación supone una subida de impuestos, sino una reestructuración de la fiscalidad”, explica Sedó. Apunta a que esta medida es similar a la que adoptó Italia tras la sentencia y la misma que funciona en Alemania.

La propuesta sobre fiscalidad del tabaco que presenta UDC supone una bajada en el concepto de Tipo Proporcional, pasando del 51% al 47%, mientras que propone una subida en el Tipo Específico, elevándolo desde los 24,10 euros por cada 1.000 cigarrillos hasta los 32,91 euros.

Fuentes del mercado y el grupo catalán del Senado coinciden en apuntar que la herramienta del doble mínimo había perdido su eficacia ya que no se actualizaba desde junio de 2013. Desde entonces, el importe medio ha aumentado. La enmienda incluye, por tanto, la obligatoriedad por parte del Gobierno de revaluar anualmente los importes de tipos mínimos. “Se vincula a la evolución del precio medio ponderado del mercado para adaptarse a las circunstancias de cada momento, para que sea eficaz”, argumenta el grupo en su enmienda.

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