Rigor frente a la morosidad tributaria
A finales de año, el Gobierno publicará el listado de aquellas empresas y particulares que tengan deudas con Hacienda por valor superior a un millón de euros. Es una de las novedades –probablemente la más relevante– que contiene la nueva Ley General Tributaria que aprobó ayer el Congreso. Entre los retoques que ha sufrido la norma durante su tramitación destaca la exclusión en ese listado de los nombres de aquellas personas físicas o jurídicas que, aun debiendo un millón de euros al fisco, tengan deudas aplazadas o suspendidas. Esta modificación constituye uno de los cambios que el Gobierno ha introducido en el texto inicial para suavizarlo. Otro ejemplo en el mismo sentido es el período de gracia que tendrán los morosos durante la primera mitad del año para saldar la deuda con la Agencia Tributaria y evitar así que su nombre se haga público, una modificación razonable que supone apostar por el concepto de segunda oportunidad.
El espíritu de la norma aprobada ayer no es tanto fiscalizador –para lo cual la Agencia Tributaria tiene otro tipo de herramientas– como disuasorio y ejemplarizante. En el caso de las empresas, además, esa publicidad permitirá a aquellos contribuyentes dispuestos a establecer relaciones comerciales con las entidades incluidas en el listado conocer el riesgo de impago que ello pueda suponer. Entre las críticas que ha recibido la ley figuran las que afirman que el umbral de la deuda –más de un millón de euros– permitirá publicitar los incumplimientos de pymes en estados cercanos a la insolvencia, pero dejará fuera los nombres de los grandes defraudadores. No hay duda de que uno de los grandes agujeros de la Administración tributaria –en nuestro país, pero también en otros– es la falta de control del fraude a gran escala, consecuencia de actividades criminales o de una ingeniería fiscal dirigida a eludir las obligaciones tributarias. Pero el hecho de que exista fraude fiscal hace necesario exigir mayor rigor en la aplicación de la ley, aunque en ningún caso implica que el resto de los incumplimientos fiscales no deba ser prevenido y sancionado.
El volumen de contribuyentes detectados por Hacienda que encajan en los parámetros de publicidad que contiene la Ley General Tributaria era, a finales de 2013, únicamente de 2.000, mientras que la deuda pendiente de cobro de la Agencia Tributaria es de alrededor 50.000 millones de euros. Se trata de una verdadera sangría a las cuentas públicas que un país recién salido de una grave crisis económica no puede permitirse y cuyas consecuencias sufren todos los ciudadanos españoles. La mayoría de esos contribuyentes cumple puntual y, en muchos casos, sacrificadamente con sus obligaciones fiscales y tienen derecho a un Estado que aplique transparencia y rigor para reducir al máximo la morosidad en este ámbito.