El autónomo: ¿persona física o jurídica?
El autónomo es una persona que realiza una actividad económica por cuenta propia. Explicamos si debe ser considerado como persona física o como persona jurídica.
El autónomo, ¿es una persona física o jurídica? Estamos ante una persona que, de forma individual, realiza una actividad profesional que les reporta beneficios. Entonces, ¿cómo debemos considerarlo? Lo cierto es que estamos ante una persona física que realiza una actividad económica o profesional por cuenta propia, fuera del ámbito de dirección. Dentro del mundo empresarial es una de las formas más comunes a la hora de crear una compañía. Al margen de la actividad que desarrolle y el tipo de trabajo que haga, siempre se asocia al autoempleo, ya que el propietario de la empresa es también quien se encarga de desarrollar las tareas.
La figura del autónomo o empresario individual resulta sobre todo muy común en profesionales como pintores, electricistas, fontaneros, decoradores, etc, pero también en los comercios al por menor, ya sean quioscos, papelerías, librerías, establecimientos de ropa, joyerías, etc.
Entre sus principales características se encuentran que el autónomo es el que ejerce un control absoluto sobre la empresa, ocupándose de su gestión. Será el propio empresario el que tenga que responder ante las obligaciones que contraiga la compañía y no hay diferencia entre el patrimonio civil y el mercantil.
No es necesario un proceso previo de constitución, ya que será suficiente con iniciarlos cuando arranque la actividad empresarial. A la hora de aportar un capital al negocio no existe un límite, sólo dependerá de lo que le interese al propietario.
A continuación te detallamos las ventajas e inconvenientes del autónomo persona física.
Ventajas:
- Es la forma empresarial adecuada para las compañías de pequeño tamaño.
- El empresario tendrá que realizar menos trámites y gestiones a la hora de desarrollar su actividad, sobre todo porque no debe hacer ningún trámite de adquisición de la personalidad jurídica.
- Resultará más económico emplear esta figura.
Inconvenientes:
- El empresario tiene una responsabilidad ilimitada.
- Tendrá que responder con su patrimonio personal a las deudas contraídas por el negocio.
- Deberá hacer frente a las inversiones y gastos que se origen en solitario, además de las labores de administración y gestión.
- En el caso de que el volumen de beneficio sea elevado, se le someterá a unos tipos impositivos bastante altos, ya que persona física tributa por tipos crecientes cuanto mayor sea el volumen de renta. Aquellas compañías con menos de 8 millones de euros de cifra de negocio tributan al 25% sobre los primeros 120.000 euros de beneficios.