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Hacienda dará por notificadas a las empresas, aunque no lean el mensaje

Así lo recoge en su página web la Agencia Tributaria. Las notificaciones se darán como entregadas una vez que pasen diez días desde su envió sin haber accedido a las mismas

correo

Las compañías recibirán de manera exclusiva todas las notificaciones a la Dirección Electrónica Habilitada una vez que visualicen en sede electrónica o les llegue por correo el aviso de inclusión en el sistema de notificación electrónica obligatoria. Cuando pasen diez días sin acceder a este apartado se entenderá como efectuadas las notificaciones. Es preciso contar con un certificado electrónico o bien hacerlo a través de alguien que lo tenga. El hecho de no contar con el mismo no significa que no vaya a entrar en funcionamiento el sistema de notificación.

Recomiendan que con una cierta periodicidad se revise el buzón electrónico a través de la dirección notificaciones.060.es o existe la posibilidad de registrarse y facilitar una dirección de email para que nos lleguen los avisos con las notificaciones pendientes, aseguran en la página web de la Agencia Tributaria.

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Tienen la obligación de recibir notificaciones y comunicaciones electrónicas por parte de Hacienda las siguientes entidades y personas que te detallamos a continuación.

Todas estas entidades o personas citadas anteriormente recibirán de manera obligatoria las notificaciones que realice Hacienda a través de medios electrónicos, tanto en sus actuaciones y procedimientos tributarios, aduaneros y estadísticos de comercio exterior y en la gestión recaudatoria de los distintos entes que tiene encomendada. Se puede decir que este sistema pasa a convertirse en el método habitual de comunicación de la Agencia Tributaria.

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