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Nuevas ayudas en manufactura, vehículos alternativos y aeroespacial

Las ayudas han de ir destinadas a los subsectores de fabricación de vehículos propulsados con energías alternativas e industria aeroespacial

Las pymes del ámbito de la fabricación de vehículos alternativos, industria aeroespacial y manufactura en general, podrán acceder al programa de apoyo financiero a la inversión industrial, cuya convocatoria ha publicado el Ministerio de Industria. Según Carlos Borrego, abogado especialista en Derecho Administrativo y Derecho de Contratación del Sector Público, las ayudas forman parte del marco de la política pública de fomento de la competitividad industrial para el presente año.

En concreto, la concesión de apoyo financiero hace referencia a la ejecución de inversiones destinadas a la mejora o modificación de líneas de producción ya existentes. Las mismas se han de llevar a cabo en el ámbito de la industria manufacturera y, en concreto, han de ir destinadas a los subsectores de fabricación de vehículos propulsados con energías alternativas, industria aeroespacial e industria manufacturera en general.

Del mismo modo, los beneficiarios de estas ayudas son las sociedades válidamente constituidas, que a su vez cumplan las condiciones establecidas en el artículo 4 de la orden IET/619/2014. Así, podrán acogerse a tal financiación las organizaciones que no formen parte del sector público y que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva.

Actuaciones financiables

En lo relativo a los tipos de actuaciones objeto de financiación, el Ministerio de Industria establece que las ayudas irán destinadas a las inversiones industriales para la mejora o modificación de líneas de producción previamente existentes. Ello hace referencia a la adquisición de un equipo o conjunto de equipos destinados a sustituir elementos anteriormente instalados en la línea o a complementar ésta con el objetivo de mejorar sus características o de modificar las características de la producción.

Del mismo modo, dichas modificaciones pueden suponer variación de la capacidad de producción, dentro de la misma línea, pero no podrán constituir líneas de producción nuevas e independientes de las anteriores. Asimismo, para ser consideradas financiables deberán ser viables técnicamente, segundo el estado actual de la tecnología a escala industrial.

El plazo de presentación de solicitudes termina el 1 de junio y las actuaciones finalizadas deberán ejecutarse hasta un plazo máximo de 18 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

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