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Varapalo judicial de peligrosas consecuencias

La UE rechaza la marca Skype por similitud con la de una tele británica

Una persona utilizando la aplicación de Skype en un ordenador.
Una persona utilizando la aplicación de Skype en un ordenador.Efe

El Tribunal General de la UE sentenció ayer en contra del registro de Skype como marca comunitaria, un varapalo judicial de peligrosas consecuencias para la popular compañía de telefonía a través de internet.

Skype solicitó el registro de la marca hace una década, pero fue impugnado de manera casi inmediata por la cadena de televisión británica British Sky Broadcasting (BSkyB).

Los jueces sentenciaron ayer a favor de la cadena de televisión, que había alegado el riego de confusión entre su marca comercial (Sky) y el nombre de la nueva compañía. La sentencia señala la similitud gráfica, fonética y conceptual de ambas marcas. Y de nada le ha servido a Skype esgrimir en su defensa el hecho de que en la representación gráfica de su marca el nombre aparece envuelto en una nube.

“El hecho de que Skype aparezca rodeado de un borde recortado en forma de nube o de burbuja no elimina el grado medio de similitud gráfica, fonética y conceptual”, señala el Tribunal de la Unión Europea.

Los abogados de Skype tampoco han logrado convencer a los jueces europeos de que el nombre de su cliente ha adquirido un significado propio hasta llegar a identificar sus servicios de telefonía más allá de la propia marca.

Y en contra de Skype ha jugado, por último, la popularidad del canal de televisión Sky en Reino Unido, donde, según los datos recogidos por la sentencia, el 84% de la población conoce esa marca. En 2004, cuando se acababa de fundar Skype (comprada después por Microsoft), el canal Sky ya sumaba 50 millones de telespectadores con 12 millones de hogares conectados, según la sentencia. En el resto del continente, 11 millones de hogares reciben sus emisiones.

Por esos motivos, la Oficina de Marcas de la Unión Europea, con sede en Alicante, rechazó el registro de Skype en 2012 y 2013, una decisión que ha sido ratificada por el Tribunal General de la Unión Europea. La sentencia puede ser recurrida en casación, pero solo sobre cuestiones de derecho.

España no logra frenar la patente comunitaria

La máxima instancia judicial de la UE desestimó ayer dos recursos interpuestos por España contra la llamada patente comunitaria, el título que pretende abaratar y unificar la protección de la propiedad intelectual en todo el territorio europeo. España se negó a participar en ese proyecto, que se puso finalmente en marcha como cooperación reforzada, es decir, sin todos los miembros de la UE.

El Gobierno intentó frenarlo impugnado los reglamentos aprobados, pero los jueces europeos han rechazado los recursos de Madrid, lo que pone fin a la vía judicial. Entre otras cosas, España había cuestionado el régimen lingüístico de la patente (en inglés, francés y alemán), por considerarlo discriminatorio, pero el Tribunal lo acepta en aras de hacer menos costoso el régimen de patentes.

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