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Las tres cosas que los autónomos no pueden hacer por Internet

El sistema CIRCE permite llevar a cabo distintos procedimientos adiministrativos principales y secundarios, pero no todas las gestiones se pueden realizar de forma telemática. La Administración no es, hoy por hoy, completamente online.

El auge y desarrollo de las nuevas tecnologías ha permitido al colectivo que integran los trabajadores autónomos llevar a cabo diversos trámites a través de Internet. Una garantía de ahorro de tiempo y facilidad de gestionar la documentación oficial relacionada con su vida laboral como integrante del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que, sin embargo, no es extensible a la totalidad de procedimientos que estos profesionales pueden realizar por Internet.

Y es que la red de redes, y en concreto el sistema de creación de empresas por Internet (CIRCE), no ofrece a los trabajadores autónomos la posibilidad de llevar a cabo tres trámites, pues estos aún se encuentran sin cubrir.

Los mismos hacen referencia, en primer lugar, a la comunicación de la apertura del centro de trabajo, trámite incluido únicamente en el procedimiento telemático de la región de Murcia, en el caso de tener contratados trabajadores. Del mismo modo, CIRCE no permite a los autónomos la obtención y legalización del libro de visitas ni la inscripción, en su caso, en otros organismos oficiales o registros.

Sin embargo, CIRCE sí ofrece la posibilidad de realizar la creación de la figura del empresario individual por medios telemáticos, evitando desplazamientos y produciendo a los profesionales un ahorro notable tanto en lo que a tiempo y costes se refiere.

Para ello, el emprendedor, de manera autónoma o a través de los Puestos de Atención al Emprendedor, ha de completar el documento único electrónico, estableciendo como único desplazamiento el traslado al PAE correspondiente. Con este documento completado y enviado le es permitido consultar el estado de su expediente y recibir a través de su teléfono móvil la comunicación de la finalización de los datos más significativos.

Trámites que sí se pueden hacer

A partir de este alta, el autónomo podrá llevar a cabo distintos trámites. Entre los generales destacan aquellos relacionados con la Seguridad Social y la comunicación del inicio de la actividad en la Agencia Tributaria. En paralelo, la telematización también supone la posibilidad de llevar a cabo una serie de trámites secundarios.

Entre ellos destacan la inscripción de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de protección de datos, la solicitud de reserva de marca, la solicitud de licencias en el ayuntamiento y la comunicación de los contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

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