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Crecen los hipotecarios y descienden por el alquiler

Qué se puede hacer tras un desahucio

Desahucio

Los desahucios de inmuebles aumentaron un 1,3% durante 2014 respecto al año anterior hasta alcanzar la cifra de 68.091 lanzamientos. De esta cifra, más de la mitad de estos desahucios, (36.044), fueron consecuencia de procedimientos derivados del alquiler y un 42% (28.877) por ejecuciones hipotecarias. Esta cifra es la más preocupante ya que aumentaron en un 11,8% con respecto a 2013.

El único dato positivo está en que se registraron 80.749 ejecuciones hipotecarias (inicio de procedimiento) en los órganos judiciales españoles, lo que se traduce en un descenso del 2,3% respecto al año precedente. Aunque es la cifra más baja desde 2009, a excepción de 2011, sigue siendo más que abultada y todo un drama para miles de personas.

Los desahucios por ejecuciones hipotecarias aumentaron un 11,8% en 2014.

Fondo Social de Viviendas en Alquiler

¿Qué pasa tras perder la vivienda? En teoría desde el año 2013 se constituyó el Fondo Social de Viviendas (FSV) por parte de organismos públicos, la Plataforma del Tercer Sector (Organizaciones no Gubernamentales), patronales bancarias y 33 entidades de crédito. A través del mismo, cada entidad de crédito participante constituirá su propio fondo con un número inicial de viviendas (inicialmente nació con 5.891) que pueden ampliarse. A estas viviendas tienen acceso las familias en situación de especial vulnerabilidad que hayan sido desalojadas de sus viviendas después de 1 de enero de 2008 por el impago de un préstamo hipotecario, podrán solicitar los inmuebles que podrán alquilarlas hasta dos años y con rentas que oscilarán entre los 150 euros y 400 euros mensuales, con un límite máximo del 30% de los ingresos netos totales de la unidad familiar.

El gran problema de este Fondo está e los requisitos. Las ganancias son limitadas, ya que los ingresos mensuales de los miembros de su unidad familiar no deben superar el límite de tres veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), 1.597 euros actualmente. Otros son lógicos, como que ninguno de los miembros de la unidad familiar disponga de vivienda en propiedad pero el problema está en que situación de especial vulnerabilidad:

  1. Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente.
  2. Unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo.
  3. Unidades familiares con hijos menores de edad.
  4. Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite para realizar una actividad laboral.
  5. Personas en situación de dependencia o con discapacidad.
  6. Unidad familiar en la que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones por desempleo.
  7. Existencia de alguna víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
  8. Personas mayores en situación de prejubilación o jubilación que mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos.
  9. Otras circunstancias de vulnerabilidad social distintas de las anteriores que sean detectadas por parte de las entidades de crédito, los servicios sociales municipales o de las organizaciones no gubernamentales encuadradas en la Plataforma del Tercer Sector.

Ante estas circunstancias es la entidad financiera, que posee su propio fondo, quien acepta o no las peticiones. Dando prioridad a los que concurran a más supuestos, quien tenga más miembros en su unidad familiar y los que tengan menor ingreso. Teniendo en cuenta estos puntos, tienen un mayor acceso quienes tengan mayores problemas económicos y dificultad para afrontar los pagos de su vivienda en alquiler. Todo esto lleva a que busquen otras alternativas, ligadas a la solidaridad de sus más cercanos. Una ampliación de este fondo y una flexibilización de los requisitos y costes, si en realidad ayudaría a que muchas familias tuvieran realmente una segunda oportunidad.

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