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El Supremo rechaza la retroactividad total en las devoluciones

La banca pagará por las cláusulas suelo solo desde mayo de 2013

Pablo Monge
Juande Portillo

La banca deberá devolver el dinero cobrado a sus clientes por la inclusión de cláusulas suelo opacas en sus hipotecas, pero no desde la firma de estas. El Tribunal Supremo ya se había pronunciado en estos mismos términos en la sentencia que dictó el 9 de mayo de 2013, pero nuevos fallos que ultima a raíz de los recursos presentados por varias entidades le llevan a matizar, sentando jurisprudencia, que la retroactividad de los reembolsos se limitará a la fecha de aquel primer dictamen.

El histórico fallo de 2013 ya obligó a BBVA, Novagalicia y Cajamar a retirar las cláusulas suelo de sus carteras hipotecarias ante la estricta transparencia que exigió el Supremo en los contratos para considerar válidas estas condiciones, que limitan lo que puede llegar a rebajarse la cuota hipotecaria por la evolución a la baja del euríbor.

Una sentencia que comenzó a marcar buena parte de las demandas por cláusulas suelo que fueron llegando a los juzgados de instancias inferiores, donde la balanza de la Justicia comenzó a inclinarse mayoritariamente del lado de los clientes, pero con distinto alcance.

Si unos jueces se limitaban a exigir la retirada de la cláusula en el momento de dictar sentencia, otros establecían compensaciones retroactivas desde el pronunciamiento del Supremo y algunos por el perjuicio causado al cliente durante toda la vida del contrato.

El Supremo acaba de aclarar esta controversia en respuesta a un recurso de BBVA, estableciendo que el pago retroactivo se hará solo desde el 9 de mayo de 2013, cuando dejó claras qué cláusulas suelo deben ser nulas.

Como esta posición quedará fijada en una nueva sentencia, Ismael Fernández del bufete Ashurst entiende que sentará jurisprudencia limitando la retroactividad en los reembolsos que dicten tribunales inferiores, a sabiendas de que esta será la decisión que termine adoptando el Supremo en los casos recurridos.

Un alivio para los bancos, que venían afrontando reembolsos de más largo plazo. Aunque estos casos han ido siendo recurridos, los bancos no podrán recuperar las compensaciones que hayan abonado con mayor retroactividad si el plazo para recurrir ha expirado.

En paralelo, la Sala Primera del Supremo, reunida en Pleno, volvió a ratificar este miércoles la doctrina fijada en su sentencia de mayo de 2013 al rechazar un recurso presentado contra la misma por Cajasur, como el que ya presentaron aquel mismo año, también sin éxito, BBVA, Cajamar y Novagalicia.

La sentencia del Tribunal Supremo de 2013, que solo declara nulas las cláusulas suelo opacas, llevó a BBVA, Novagalicia y Cajamar a retirarlas todas de sus hipotecas. Otras entidades que las utilizan han ido cancelando una a una estas condiciones en los casos en que han sido demandadas por los afectados o han intentado compensar el coste de retirarlas ofreciendo seguros y otros productos a los clientes que amenazaban con hacerlo. El Gobierno, según avanzó el presidente Mariano Rajoy el martes en el debate del estado de la nación, facilitará ahora su “inaplicación definitiva” modificando el código de buenas prácticas bancarias. Fuentes del Ejecutivo no aclaran si la medida, que se aprobará mañana, será general o solo dirigida a familias en riesgo de exclusión social como ocurre con otras de las normas del código.

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