Fernando Martín pierde en el Supremo su demanda contra Jove
El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por Martinsa Fadesa contra los antiguos gestores de Fadesa Manuel Jove Capellán y Antonio de la Morena, a los que reclamaba 1.576 millones de indemnización al entender que habían sobrevalorado activos inmobiliarios en el marco de su fusión. El Supremo cierra así un proceso judicial que se ha alargado cuatro años.
Fernando Martín acordó entre 2006 y 2007 la compra de Fadesa a Manuel Jove, en una operación valorada en 4.045 millones de euros. En 2008 Martinsa Fadesa se declaró en concurso de acreedores, el mayor ocurrido en España, con una deuda aproximada de 7.000 millones de euros.
En 2011 la empresa acordó convenio de pago con los acreedores saliendo así de la situación concursal en la que se encontraba. Ese mismo año la compañía decidió en junta de accionistas ejercer acción de responsabilidad social contra Jove y De la Morena reclamando 1.576 millones de euros. El expresidente de Fadesa, actual presidente del grupo Inveravante, calificó entonces la medida de "auténtico disparate". El Juzgado Mercantil número 1 de La Coruña y la Audiencia Provincial de La Coruña desestimaron la reclamación de Martinsa Fadesa, que recurrió al Supremo.
El Alto Tribunal ha condenado en su sentencia conocida hoy a Martinsa Fadesa a pagar las costas del proceso así como a perder los depósitos constituidos. Manuel Jove y Antonio de la Morena han estado representados en el proceso por los abogados Pedro Rodero, Cristina Camarero, y Pedro Rubio, del despacho Ontier, y Clifford Chance.
"En síntesis, la acción se basaba en que los datos suministrados por Fadesa a la empresa CB Richard Ellis (en lo sucesivo, CBRE) sobre sus activos, para que esta realizara el informe de valoración de activos, a fecha 31 de diciembre de 2006, que Fadesa comunicó a las autoridades supervisoras y publicitó en el mercado, como venía haciendo semestralmente, eran falsos y estaban destinados a obtener una sobrevaloración de la compañía de más de mil quinientos millones de euros, lo que habría determinado el pago de un exceso de precio por las acciones en la oferta pública de adquisición de acciones por las que Martinsa adquirió la mayor parte de las acciones de Fadesa", explica la sentencia del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso este diario.
El Supremo considera que las dos sentencias desestimatorias previas cumplen sobradamente con las exigencias aunque no hayan dado respuesta a alguno de los argumentos reclamados por Fernando Martín, algo que “no solo no constituye infracción procesal alguna, sino que es inevitable a la vista de la desmesurada extensión del escrito presentado” por Martinsa.
En su sentencia el Supremo señala que el encargo hecho por Fadesa a CB Richard Ellis para la valoración de los activos "ha sido ampliamente analizada por la sentencia de la Audiencia Provincial. Que no haya tomado en consideración alguno de los argumentos de la recurrente no supone infracción procesal alguna".
Fernando Martín defendía que Jove y De la Morena, que eran administradores y máximos ejecutivos de Fadesa cuando en 2007 fue adquirida por Martinsa, estaban al corriente de una supuesta sobrevaloración de activos que se aportaron en la fusión de ambas compañías.
El Tribunal Supremo indica en su sentencia que Martinsa Fadesa "considera manifiestamente arbitraria e irracional la valoración de las pruebas que realiza la Audiencia Provincial (o, en ocasiones, la valoración jurídica de hechos cuya existencia no niega o la interpretación de las alegaciones de la demandante, lo que es diferente de lo que es propiamente la valoración de la prueba y por tanto el ámbito de la infracción denunciada) porque no coincide con la que ella postula". Y que la compañía presidida por Fernando Martín "pretende que esta Sala realice una reconsideración completa de toda la base fáctica del litigio, para lo cual comenta e incluso reproduce extensamente el abundante material probatorio, trufándolo de comentarios, y valorándolo conforme a sus intereses".
En su argumentación, Martinsa Fadesa se apoyaba en un estudio realizado por la firma American Appraisal que sostenía que el valor de esos activos no era el anunciado, ya que Fadesa habría ocultado que muchos de ellos no eran urbanizables.
El Supremo considera que la compañía trata que la Sala "realice una nueva valoración conjunta de todas las pruebas practicadas que satisfaga las pretensiones de la demandante, dando mayor credibilidad a pruebas que no han sido consideradas determinantes por la Audiencia, y viceversa, o resaltando aspectos de las pruebas (determinadas respuestas de los testigos, o frases concretas intresacadas de estas respuestas, que considera “literosuficientes”, incluso gestos de los mismos, datos de los informes periciales o pasajes de los documentos) que la sentencia de la Audiencia Provincial no considera expresamente, y restando importancia a otros que la Audiencia Provincial sí ha considerado relevantes". Además advierte que se denuncian "razonamientos pretendidamente irracionales". Martinsa realiza, dice la sentencia del Supremo, "una valoración conjunta de la prueba acorde con sus intereses, que pretende imponer a la realizada por la Audiencia".
Costas y convenio
El Supremo falla, además de desestimar el recurso de Martinsa Fadesa, imponer el pago de las costas del proceso a la inmobiliaria, "así como la pérdida de los depósitos constituidos". Tanto el desestimiento del recurso como la condena en costas sitúa a la compañía en una posición muy delicada, en un momento en el que aguarda la aprobación de las entidades financieras acreedoras de un nuevo convenio de acreedores que evite la liquidación de la empresa.
Martinsa Fadesa presentó el pasado 30 de diciembre una nueva propuesta de convenio a los acreedores para evitar la liquidación de la compañía, al no poder pagar determinados pagos contemplados en el anterior convenio.
En la nueva propuesta de convenio, la empresa destacaba que si ganaba el recurso en el Supremo contra Jove, destinaría los recursos al pago a los acreedores.
"Como es de público conocimiento, Martinsa Fadesa tiene entablado a la fecha un procedimiento judicial contra D. Manuel Jove Capellán y D. Antonio de la Morena en exigencia de responsabilidad de administradores (...) del que podrían resultar ingresos extraordinarios para la concursada de obtenerse un resultado favorable”, indicaba, bajo el epígrafe Cláusula de mejora, la nueva propuesta de convenio a la que ha accedido este diario.
La compañía indicaba que como cláusula de mejora de la recuperación de los créditos de todos los acreedores ordinarios, “se obliga de forma irrevocable a transmitir todos los derechos de crédito derivados del señalado procedimiento judicial (...) comprometiéndose al efecto a otorgar poder tan amplio como en Derecho sea necesario (...)”.
Martinsa Fadesa precisaba en la propuesta de convenio que se deducirían los siguientes importes: el necesario para atender los créditos con privilegio general de las Administraciones Públicas que a día de hoy “son inferiores a 70 millones de euros”. Y un 6% de los derechos de crédito resultantes de la sentencia que se dicte para atender “necesidades de Tesorería de la compañía (entre las que se incluye el pago de los gastos del proceso)”.
Ahora será la representación legal de Jove y De la Morena la que solicite las costas, que deberían ser estimadas por los correspondientes colegios de abogados. Diversas fuentes judiciales estiman costas de hasta 60 millones de euros, pago que la compañía no podría evitar en todo caso y que, después de haber mostrado su incapacidad para cumplir con pagos inferiores contemplados en el convenio de acreedores anterior, deja a la empresa en una situación límite.