¿Son las tarifas planas de luz una opción real para el ahorro?
En España el asunto eléctrico lleva años siendo algo delicado. Delicado para los bolsillos de los hogares que han visto cómo el precio del suministro eléctrico ha ido variando tanto que para muchos era imposible soportarlo debido a sus altas cotas, haciendo difícil llegar a fin de mes sin algún aprieto. Hace 16 años que se viene dando en el país un proceso en el que los precios están encaminados a la liberalización, lo que en teoría otorga al consumidor la opción de elegir de forma libre quién le suministra la luz y poder así ahorrar.
Pero tras las últimas modificaciones sobre la fijación del precio de la energía eléctrica, las eléctricas ponían en su catálogo un tipo de oferta que estaba llamada a ser una opción para el ahorro, las tarifas planas. Se planteaban como una alternativa al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) –precio marcado por la demanda de luz que hay en cada hora del día- y que consiste en establecer un precio fijo durante todo un año. Con esta opción el consumidor paga lo mismo cada mes si no se llega al consumo de los kilowatios contratados, en ese caso el precio se elevaría ya que hay que abonar la diferencia a final de año.
Pocos adeptos, no suponen un ahorro
Sin embargo, las “tarifas planas” de luz no han sido un éxito. Tan solo 700 consumidores se han decantado por contratar una tarifa plana de luz hasta octubre de 2014, según los datos que ha publicado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a través de su Informe de Supervisión de las ofertas del mercado minorista de gas y electricidad recogidas en el comparador de ofertas de la CNMC. Los 700 consumidores que han contratado una oferta a precio fijo durante un año representan únicamente al 0,005% de los consumidores.
Lo que desde la CNMC apuntan es que estas ofertas si vienen de la mano de una comercializadora de referencia suponen un incremento del precio de un 8% respecto a las ofertas del mercado libre e incluso un precio un 13% superior que el de las ofertas que tienen una revisión anual que vienen de la mano de comercializadoras en mercado libre pero que están ligadas a empresas energéticas tradicionales. Aunque son pocos los que han contratado estas tarifas planas, el precio es superior y por tanto no supone un ahorro, lo que podría ser un problema manifiesto de la dificultad que puede encontrar el consumidor para comprar la oferta del mercado eléctrico tal y como así lo expresa la CNMC.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda este tipo de tarifas únicamente para el suministro eléctrico y solo para cuando se requieran potencias elevadas.
Compras colectivas para ahorrar
Esta misma organización fue la que puso en marcha la iniciativa de compra colectiva de energía. Ya han sido dos procesos los que se han lanzado, el segundo conjuntamente para gas y luz. Esta iniciativa en su primera edición supuso un ahorro del 3% para los 22.000 consumidores que aceptaron la oferta, o lo que es lo mismo, en torno a 50 euros anuales de ahorro en la factura de la luz para los consumidores y un aumento de 22.000 clientes para la compañía suministradora de luz. Desde la CNMC indican que este tipo de iniciativas colectivas ayudan al ahorro de todos los participantes en el proceso gracias a obtener mejores condiciones en el suministro a la vez que generan una mayor participación en el mercado eléctrico.
Recomendaciones antes de contratar una oferta eléctrica
Manejar toda la información antes de decantarse por una tarifa eléctrica es esencial. En este mismo informe, la CNMC da una serie de recomendaciones a tener en cuenta antes de contratar una oferta de luz y/o gas, como por ejemplo comparar muy bien los precios y los servicios de al menos dos empresas, conocer previamente si se tiene derecho al bono social, leer detenidamente y con atención las condiciones del contrato, comprobar si la oferta conlleva compromiso de permanencia o bien penalizaciones por la cancelación, comparar de forma periódica la oferta actual con las que hay en el mercado o guardar una copia del contrato y de la oferta si se realiza la contratación a través de Internet entre otras recomendaciones.