Techo de capitalización en el MAB para evitar casos como el de Gowex
Hoy se aprueba en el Congreso de los Diputados la nueva ley de fomento de la financiación empresarial que, entre otras cuestiones, establecerá un límite de 500 millones de capitalización en el MAB.
La Comisión de de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados va a aprobar hoy la ley de fomento de la financiación empresarial. Esta nueva norma se impulsa, entre otros objetivos, para mejorar el acceso a créditos paras las pequeñas y medianas empresas. De esta manera, el proyecto fija un límite de capitalización de 500 millones para poder operar en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Esta medida nace con el objetivo de evitar situaciones como la de Gowex, empresa que se declaró en concurso después de que su propio presidente reconociera el falseamiento de las cuentas.
El pasado mes de octubre, el Consejo de Ministros aprobó una medida para que la banca tenga que avisar a las pymes con tres meses mínimo de antelación si fuera a producirse un recorte por valor del 35% o más en su financiación. Por otro lado, también se pretende ayudar a las pymes a encontrar diferentes vías para conseguir financiación para sus proyectos. Por ello, este tipo de empresas podrán conseguir de la entidad crediticia, gratis y en diez días, información sobre su posición financiera, historial de pagos, extracto y calificación crediticia.
Novedades en la ley de fomento de la financiación
La nueva ley de fomento de la financiación empresarial también define los tipos de inversores (ya sean institucionales o minoristas para los casos de financiación por micromecenazgo o "crowfunding", tipo de financiación cada vez más extendido. Según esta medida, los inversores institucionales podrán invertir un máximo de 10.000 euros anuales y no más de 3.000 por proyecto, además de la obligatoriedad de una firma de su puño y letra que consienta todos los puntos, y refleje el conocimiento de todos los riesgos. Los inversores más cualificados (empresas o particulares) deberán superar el millón de euros de activos, los dos millones de cifra de negocio, o 300.000 de recursos propios.
Altas rentas e importantes patrimonios
También serán considerados como inversores cualificados (y sin límite), aquellas personas físicas o jurídicas que tenga una renta superior a los 50.000 euros al año o un patrimonio superior a 100.000 euros. Las empresas que lleguen a una capitalización de 500 millones de euros durante seis meses deberán pasar a cotizar en el mercado continuo.