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Se esperan miles de demandas

El Supremo abre la pugna legal contra el decreto de las renovables

Fuentes judiciales afirman que es difícil que se anule la norma, como buscan las asociaciones de renovables y las empresas del sector

Parque eólico de Carnota (La Coruña)
Parque eólico de Carnota (La Coruña)

El Boletín Oficial del Estado publicaba ayer la presentación a trámite de 20 recursos para la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. Son la primera ola de los miles de recursos que vendrán, de cumplirse las previsiones del sector de la renovables, contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la producción con energías renovables (eólica, fotovoltaica y termosolar), cogeneración y residuos y contra la Orden Ministerial de parámetros o estándares retributivos de las instalaciones tipo, de 16 de junio. Sus recurrentes, nombres tan potentes como , con recurrentes como la Junta de Extremadura, la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA), Protermosolar (patronal de la energía termosolar), Ence, Sener, EDP Cogeneración, Fotowatio (FRV) o la Asociación de Empresas para el Desimpacto Ambiental de los Purines y la Asociación Española de Fabricantes de Ladrillos y Tejas de Arcilla Cocida (Hispalyt).

Fuentes del sector señalan que esta normativa supone un perjuicio patrimonial a las compañías afectadas que asciende por encima de los 20.000 millones de euros. El plazo para presentar los recursos termina mañana, en el caso del Real Decreto, y el próximo viernes, para recurrir la Orden Ministerial.

En general, tanto en el caso de la impugnación del real decreto como de la orden ministerial, las denunciantes alegan que se han vulnerado los principios de seguridad jurídica y confianza legítima; el principio de retroactividad; las directivas 2009/28 y 2009/72, con petición expresa de una cuestión prejudicial y que la rentabilidad razonable no es tal, sino incluso negativa.

Para Luis Castro, socio responsable de energía y utilities del bufete de abofgados Osborne Clarke, “el número de recursos que llegarán al Tribunal es muy variable. Hay compañías a las que no les merece la pena enfrentar el gasto y el tiempo que tendrán que esperar para que se resuelva este asunto”. El especialista apunta a que serán necesarios “entre uno y dos años” para que estos recursos salgan del Supremo.

Además, Castro no confía en que la resolución judicial sea favorable a las empresas recurrentes. “El Tribunal Supremo ha sido bastante proclive, en su jurisprudencia reciente, a apoyar los cambios regulatorios realizados por el Gobierno en materia de energías renovables”, afirma. Pese a las dudas que estos cambios suponen en cuestión de seguridad jurídica y confianza legítima en el sistema, el Alto Tribunal mantiene la posición de que “el ordenamiento jurídico no está escrito en piedra y por tanto, entiende que el Gobierno puede modificarlo cuando las circunstancias cambien y así lo exijan”, detalló Castro.

En ese mismo sentido se manifiestan desde la patronal de la energía solar fotovoltaica Unef o desde Protermosolar. “El mejor escenario para nosotros sería que declarasen nula la normativa pero eso es altamente improbable”, explica José Donoso, presidente de Unef. Su recurso se presentó en julio pero aún no ha salido en el BOE. Las asociaciones confían en que se realicen mejoras sobre los criterios de fijación de los costes de inversión y la rentabilidad razonable.

El socio de Osborne cree sin embargo que hay más posibilidades para las empresas que tengan vertiente internacional de solicitar un arbitraje ante el Ciadi por parte de los inversores extranjeros afectados que sean originarios de países adheridos a ese convenio internacional.

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