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Tribuna
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Valoración del activo del balance: el deterioro

La adopción de las normas internacionales de información financiera en las cuentas anuales consolidadas para las firmas cotizadas y la adaptación normativa posterior para el resto de empresas supusieron incorporar el concepto de deterioro en nuestra regulación.

El test del deterioro contablemente pretende garantizar que la empresa recuperará el valor de los activos expresado en su balance. De esta forma, el registro de un deterioro supondrá reconocer en el resultado del ejercicio la pérdida estimada en el valor del activo que representa la dificultad de recuperar, a través de los flujos de efectivo que puedan derivarse del mismo, la totalidad de su valor contable. El esquema básico de cálculo de esta pérdida será la cuantía en la que el valor contable supere el llamado importe recuperable. Es decir, el importe de los beneficios o rendimientos económicos futuros que se obtendrán del activo.

Los distintos criterios de valoración aplicables en cada tipo de activo, así como sus características particulares, determinarán el cálculo del importe recuperable y, en su caso, la pérdida por deterioro. Cuando los activos deban ser medidos a valor razonable y sus cambios se imputen en pérdidas y ganancias, el deterioro no será aplicable, puesto que el propio mecanismo de valoración asegura el reconocimiento de dicha pérdida.

Para los inmovilizados y los activos financieros a coste se considerará como importe recuperable no sólo el valor razonable del activo (menos sus costes de venta, cuando proceda), sino también el valor actual de aquellos flujos particulares que el activo genere en el ejercicio de la actividad, lo que se conoce como valor en uso. Sin embargo, los activos enfocados a su realización, mediante la disposición de los mismos, tomarán como importe recuperable directamente referencias de su valor en el mercado. Tal es el caso de las existencias (valor neto realizable), los activos no corrientes mantenidos para la venta (valor razonable menos costes de ventas) o la cartera de activos financieros disponibles para la venta (valor razonable).

La realización del test de deterioro no se requiere de forma regular, sino ante la evidencia de indicios, siendo el análisis de éstos necesario de forma periódica. No obstante, el fondo de comercio y aquellos activos de vida útil indefinida sí demandarán de al menos la realización de un test deterioro en cada ejercicio y un mayor seguimiento de los indicios del mismo.

El cálculo del valor en uso en muchos casos deberá efectuarse para grupos de elementos denominados unidades generadoras de efectivo, en lugar de un cálculo para cada activo individual. Estas UGEs no podrán definirse de forma arbitraria, sino como un grupo de elementos lo más pequeño posible, de tal forma que cuente con entradas de efectivo en buena medida independientes de las producidas del resto. La problemática más compleja surge cuando aparece un fondo de comercio fruto de una combinación de negocios previa. En este punto, podemos encontrar algunos matices entre la NIC 36 y la reciente resolución sobre el deterioro del valor de los activos del ICAC (BOE 25 septiembre 2013) a la hora de resolver ciertas cuestiones.

En la norma internacional, el fondo de comercio debe distribuirse entre las UGEs que se beneficiaran de la sinergia de la combinación. Si se produce el caso en el que no pueda asignarse todo o parte de un fondo de comercio a nivel de cada UGE individual, debe identificarse el fondo de comercio con el grupo de UGEs al nivel más bajo que permita establecer una relación directa. La NIC 36 prescribe entonces para ese grupo de UGEs, en primer lugar, comprobar previamente si el deterioro se produce a nivel de cada UGE cuando existan indicios y, en segundo lugar, analizar si el grupo de UGEs presenta un deterioro considerando el fondo de comercio asignado.

La resolución resuelve el problema anterior mediante un análisis inverso, puesto que obliga a una asignación del fondo de comercio a nivel individual de cada UGE. Cuando no pueda atribuirse directamente todo o parte de su importe, se distribuirá entonces de forma proporcional a los valores contables de las unidades. Así, el fondo de comercio, o una porción del mismo, estará siempre presente en el test de deterioro de cada UGE, garantizándose que este activo sea deteriorado en primer lugar cuando proceda reconocer una pérdida por deterioro en una UGE.

El deterioro supone una de las áreas de la contabilidad donde será muy necesario recurrir a la elaboración de juicios por parte del emisor de las cuentas anuales. Gran parte de su metodología de análisis tendrá que ser definida previamente y será obligado que su aplicación futura sea consistente con la elaboración de los criterios contables establecidos en la empresa en ejercicios precedentes, como por ejemplo, el esquema de análisis de UGEs.

Por ello, el papel del auditor resulta fundamental. Deberá comprobar si realmente no existen indicios que aconsejen los test de deterioro, la existencia de unos criterios contables adecuados bajo los cuales se están realizando los test y si dichos test se han elaborado considerando proyecciones de flujos realistas y bajo la debida prudencia.

Finalmente, debería considerarse que en ciertos casos es conveniente que los test de deterioro incorporen un análisis de sensibilidad no sólo de las presunciones relativas a las tasas de descuento, sino incluso respecto a determinadas variables clave de los flujos proyectados.

Constancio Zamora Ramírez es vocal de la comisión de principios y normas de contabilidad de AECA y profesor titular de la Universidad de Sevilla.

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