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Nuevo plan liberalizador de la economía

El Gobierno fija en el 0,03% el impuesto a los depósitos

Imagen de clientes en una oficina bancaria.
Imagen de clientes en una oficina bancaria.
Raquel Díaz Guijarro

Entre los cambios fiscales que incluirá el real decreto-ley de medidas liberalizadoras de la economía aprobado el viernes, destaca el establecimiento de un nuevo tipo en el impuesto que grava los depósitos bancarios, con efectos desde el 1 de enero de 2014. El Gobierno determinó que el gravamen sea del 0,03% para los depósitos bancarios en el conjunto de España, un tributo con el que contaban algunas comunidades autónomas y que el Ejecutivo extendió a todo el territorio español en 2013, pero que hasta ahora tenía establecido un tipo del 0%.

Con ese gravamen cero, Hacienda se aseguraba de que las comunidades autónomas no pudieran fijar tipos distintos en cada territorio, preservando de ese modo la unidad de mercado, uno de los mantras del Ejecutivo. Así lo explicó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, al término del Consejo de Ministros, que dio luz verde a este real decreto-ley y a otras normas de carácter económico para, según la ministra, “seguir impulsando el crecimiento económico y la creación de empleo”.

El Ministerio de Hacienda creó este nuevo tributo a partir del 1 de enero de 2013 para que los depósitos de los bancos recibieran un tratamiento tributario homogéneo, ya que estaba implantado solo en algunas comunidades, y el sistema financiero no perdiera eficiencia. Su creación supuso la desaparición del tributo en aquellas regiones donde ya existía.

El Gobierno introdujo en el proyecto de ley de los Presupuestos Generales de 2013 un impuesto a los depósitos bancarios a tipo cero para desactivar este mismo tributo en las tres comunidades que lo estaban aplicando hasta entonces (Extremadura, Andalucía y Canarias), y posteriormente anunció que se establecería un tipo muy reducido en el conjunto de España para compensar a esas regiones, gravamen que hasta ahora no se había fijado.

Según el Gobierno, el establecimiento del nuevo tipo impositivo estatal, que lo deben pagar las entidades financieras y no los ciudadanos, pretende que los depósitos de los bancos reciban un tratamiento tributario homogéneo.

Además, desde Hacienda se había asegurado en su momento que el tipo de este impuesto sería muy moderado y no tendría un fin recaudatorio, sino únicamente compensatorio, ya que la ley de financiación autonómica obliga a resarcir a las comunidades autónomas que lo tenían y cuya vigencia quedó anulada a partir de la existencia del impuesto estatal.

Las tres comunidades a compensar son Andalucía, Canarias y Extremadura, que son las que lo tenían vigente antes del 1 de diciembre de 2012. Después lo implantaron Cataluña, la Comunidad Valenciana y Asturias.

No obstante, el Departamento que dirige Cristóbal Montoro espera ingresar 375 millones de euros anuales por este tributo. Los recursos obtenidos se distribuirán entre los territorios regionales según la recaudación que se obtenga en cada comunidad. El decreto que regula la medida establece un pago a cuenta a favor de las regiones del 50% de lo recaudado. De esta forma, las autonomías recibirán unos 187,5 millones al año. El criterio exacto de reparto del dinero y las compensaciones a las regiones que ya lo implantaron serán otro dolor de cabeza para Hacienda.

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Sobre la firma

Raquel Díaz Guijarro
Es jefa de Empresas en Cinco Días. Especializada en economía (inmobiliario e infraestructuras). Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en Cinco Días. Previamente trabajó en Antena 3 Radio, El Boletín, El Economista y fue directora de Comunicación de Adif de 2018 a 2022. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense.

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