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La nueva reforma fiscal

La tributación del despido mira al ejemplo vasco y navarro

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.Pablo Monge
Raquel Pascual Cortés

Los responsables del Ministerio de Hacienda han iniciado ya los primeros contactos con los agentes sociales para escuchar las propuestas que éstos tienen respecto a la nueva tributación de las indemnizaciones por despido anunciada en el marco de la próxima reforma fiscal.

Tras este anuncio –en el que se avanzó que para todos los despidos que se produjeran desde el 20 de junio pasado habría un mínimo exento de los 2.000 primeros euros por año trabajado y, a partir de ahí se establece una escala progresiva de tributación– surgió una encendida polémica en la que tanto patronal como sindicatos rechazaron este nuevo modelo de impuesto a los trabajadores. Por ello, distintos miembros del Ejecutivo se mostraron dispuestos a modificar el modelo de tributación propuesto, que según sus cálculos, seguiría dejando fuera del pago de impuestos al 80% de las indemnizaciones por despido que se cobran en la actualidad.

Las dos dudas

Mínimo exento: El Gobierno debe decidir si mantiene la parte que no tributará en 2.000 euros por año trabajado o lo eleva. Algunas fuentes barajan que suba al entorno de los 4.000 euros.

Modelo de tributación: Otras fuentes apuntan que los interlocutores sociales preferirían que se fijara un mínimo exento en términos absolutos, como hacen Navarra y el País Vasco. En este caso, el tope exento podría estar en un punto entre los 150.000 y 180.000 euros.

Tras los primeros contactos –que no se han producido todavía con todos los agentes sociales– fuentes conocedoras de las negociaciones, aseguran que en el seno del Gobierno hay “dos sensibilidades” respecto al modelo a elegir. Una, que mantendría el sistema propuesto de un mínimo exento (que ahora deja fuera de tributación a las indemnizaciones de los salarios de hasta 20.000 euros anuales), aunque estarían dispuestos a elevar dicho mínimo exento. Y otra, que defiende emular la fiscalidad que tienen ahora los sistemas forales del País Vasco y Navarra, que difieren del modelo estatal aplicado ahora. Estas comunidades tienen un tope máximo exento para todas las indemnizaciones fijado en 180.000 euros. Por encima de esa cantidad, las cuantías recibidas sí pagan a Hacienda. La norma foral pone límites a esta exención, como que la indemnización no esté pactada por empresario y trabajador.

Estas mismas fuentes creen que de seguirse el modelo vasco y navarro, la cantidad exenta podría situarse en el entorno de los 150.000 euros. Es más, otras fuentes opinan que ni los sindicatos ni los empresarios rechazarían esta propuesta, como sí lo han hecho con el modelo anunciado por Hacienda.

Sin embargo, desde el Gobierno aseguran que a fecha de hoy el único modelo de tributación que se baraja es el del mínimo exento y después una fiscalidad progresiva que obligue a pagar más a las indemnizaciones más altas. Dicho esto, los técnicos del Gobierno mantienen su disposición a escuchar a todas las partes y ver si pueden adoptar alguna de sus propuestas, algo que tendrá que hacerse como muy tarde la próxima semana. Al margen del modelo que finalmente se elija, los expertos dudan sobre cómo tributará la parte de la indemnización que exceda el mínimo exento. El socio de Olswang, Daniel Cifuentes, asegura que “la lógica lleva a pensar que tributaría como renta irregular y se podría aplicar la futura reducción del 30%”. Pero añade que el hecho de que desde Hacienda no se haya precisado esta posibilidad, “podría hacernos pensar que no”.

A este respecto, el responsable del área Laboral de Ernst&Young, Raúl García, opina que “para poder aplicar esta reducción de renta irregular el trabajador deberá reunir los requisitos que marca la ley para estos casos”.

Por su parte, la abogada de Baker&Mckenzie, Esther Hidalgo, precisa que para los excesos de las indemnizaciones pagadas en 2014 se tendrá que seguir aplicando la actual reducción del 40% para rentas irregulares, “ya que su reducción a un tipo del 30% no se aplicará hasta 2015.

La incógnita de la renta irregular

Los juristas expertos en fiscalidad plantean varias incógnitas con el modelo de tributación de la indemnización del despido planteada por Hacienda. Una de ellas es qué ocurrirá con los despidos pactados en 2014 por un importe negociado en base a una actual reducción del 40% por renta irregular. En estos casos, la mayoría de expertos coinciden en que lo más seguro es que sea el trabajador el que salga perdiendo, ya que cuando haga su declaración en 2015 y se le aplique la reducción del 30%, esto le perjudicará frente a lo negociado en función de una reducción del 40%.

Asimismo, los trabajadores saldrán perjudicados de otras formas. La abogada de Baker & Mckenzie Esther Hidalgo advierte que “hasta que la próxima reforma se publique en el BOE, las empresas que despidan a partir del 20 de junio, deberán seguir aplicando la actual exención de todas las indemnizaciones que estén dentro de la legalidad”. Por eso, serán los empleados despedidos los que tendrán que abonar lo que se acuerde finalmente en la ley al presentar en 2015 su declaración de IRPF, explica Hidalgo.

Otro daño podría ser el que afecte a los despedidos en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) pactado antes del 20 de junio, pero cuya salida de la empresa se produzca después. En estos casos, los especialistas también comparten la misma opinión:lo más probable es que tengan que tributar en 2015 por lo pactado que exceda los 20 días por año.

Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

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