No subirá el IVA de las gafas
La aplicación del IVA sanitario exigida por Bruselas excluye los productos destinados a personas con deficiencias físicas. Es decir, elementos como las gafas, las prótesis, las muletas o las sillas de ruedas seguirán tributando al tipo actual, del 10%, según ha comunicado hoy el Ministerio de Hacienda al presentar la reforma fiscal.
También se mantiene a tipo reducido productos de uso sanitiario como gasas, vendas, parches o botiquines de primeros auxilios. El alza del IVA sí será de aplicación a equipos médicos, productos intermedios usados en la elaboración de medicamentos, aparatos e instrumental sanitario y productos farmacéuticos.
La subida del IVA sanitario está forzada por una sentencia del Tribunal europeo de enero de 2013, que obligaba a España al alza del tributo desde el tipo reducido (10%) al general (21%). La justicia comunitaria consideró que la aplicación española de la Directiva 2006/112 era demasiado laxa.
El Gobierno ha insistido en que, con esta excepción de obligado cumplimiento, no va a subir el IVA ni a reclasificar más productos. “No subimos el IVA porque ya estamos recaudando más por IVA”, ha zanjado Cristóbal Montoro.
También en materia de IVA, a partir de 2015 se modifica la regla de localización, de tal manera que se realizará la tributación en destino en los servicios electrónicos, de telecomunicaciones o de radiotelevisión, lo que implicará que, si por ejemplo, un ciudadano español se descarga un libro electrónico, el IVA se pagará en España y no donde tenga la sede social la empresa que vende el libro como sucedía hasta ahora.