_
_
_
_
El Gobierno crea los Planes Ahorro 5

Ventajas fiscales en depósitos a cinco años

Sede de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Sede de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Miguel Moreno Mendieta

La tributación del ahorro es uno de los capítulos en los que la reforma fiscal trae más novedades, pero también donde se mantienen más incógnitas. Una de las pocas certezas es que se va a reducir el tipo impositivo que se aplica a los rendimientos del capital, para volver a los niveles que había en 2011.

Entre las novedades que más dudas generas está la creación de los Planes Ahorro 5, un nuevo instrumento financiero, que puede adoptar la forma depósito o seguro, y cuyos rendimientos estarán exentos si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años. Además, el Gobierno también anunció que se limitarán los topes de desgravación en las aportaciones a planes de pensiones y que reducirá el plazo en el que las plusvalías tienen una tributación agravada.

En el primer bloque se cumplieron las previsiones. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunció el viernes que el tipo que se aplica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los rendimientos del capital, que incluye las ganancias obtenidas por depósitos o por fondos de inversión, se va a reducir progresivamente, para volver a los niveles previos a los establecidos por Mariano Rajoy cuando llegó al poder.

Así, el tipo mínimo, para rentas hasta 6.000 euros, bajará del 21% actual, al 20% en 2015 y al 19% en 2016. Para los rendimientos entre 6.000 y 50.000 euros, el tipo se reducirá del 25% actual al 22% en 2015 y al 21% en 2016.

Por último, en las ganancias de más de 50.000 euros, pasarán del 27%, al 24% en 2015 y al 23% en 2016. Hay que recordar que, en este último caso, el tipo impositivo que heredó el PP del Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero era del 21%.

Más allá de la progresiva vuelta del impuesto sobre el ahorro a los niveles de 2011, salvo el matiz señalado, el gran cambio apuntado el viernes por Montoro es la reformulación de fiscalidad sobre el ahorro a medio y largo plazo.

Nuevo instrumento financiero

El titular de la cartera de Hacienda apuntó en su intervención posterior al Consejo de Ministros que el Ejecutivo va a crear un nuevo producto financiero, con características de depósito o seguro, y con una fiscalidad favorable, que le permita competir con otro tipo de productos como depósitos o los planes de ahorro sistemático (PIAS).

En la nota de prensa divulgada posteriormente por el ministerio, se bautizaba al nuevo producto: el Plan Ahorro 5. Estos instrumentos “podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro” simple que garanticen la restitución de, al menos del 85% de la inversión.

Los rendimientos generados por este tipo de productos “disfrutarán de exención [fiscal] si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años”. Así, se ahorrarán la tributación como renta del capital, que ahora va del 21% al 27%.

De acuerdo con lo esbozado por el ministro, estos productos tendrán la misma exención que van generando los fondos de inversión. En este caso, las plusvalías no tributan hasta el momento de la venta, mientras que con los Planes Ahorro 5, no lo harían hasta que venciera el producto.

Se trata de ampliar el elenco de fórmulas de ahorro a largo plazo que tienen un incentivo fiscal”, explicó Montoro el viernes.

La creación de los Planes Ahorro 5 permitirán a los bancos y las aseguradoras contar con un instrumento financiero atractivo para captar el dinero de los ahorradores más conservadores. Con los tipos de interés en niveles históricamente bajos, las rentabilidades de los depósitos y los seguros de ahorro han caído por debajo del 2%, lo que les ha restado atractivo, pero ahora, si se acogen a la nueva fórmula, tendrán un importante aliciente fiscal.

“Los Planes Ahorro 5 permitirán retardar el impacto fiscal del producto, lo que siempre es atractivo, el problema que tendrán es el componente de iliquidez, si quiero mantener esa ventaja, tengo que mantener la inversión cinco años”, explica Paula Satrústegui, directora de planificación financiera de Abante Asesores.

Reducción de la desgravación por planes de pensiones

Otra de las medidas que incluye la reforma fiscal es la reducción del límite en las desgravaciones a la base imponible del IRPF por las aportaciones a planes de pensiones, fijado actualmente en 10.000 euros, en términos generales, y en 12.500 euros para mayores de 50 años. En este caso, aún no está definido el nuevo tope, aunque podría rondar los 5.000 euros.

Según explicó el ministro, “no es razonable mantener los actuales niveles de desgravación para planes de pensiones en 10.000 euros al año, cuando se ha visto que los partícipes no llegan a aportar más de 4.000 euros”. De hecho, la aportación anual media a planes de previsión es de 1.375 euros y el 76% de los partícipes contribuye cada año con menos de 300 euros, de acuerdo con los últimos datos facilitados por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

Tanto la reducción de los límites a las aportaciones en los planes de pensiones como la creación de nuevos instrumentos financieros que fomenten la competencia en el ahorro a medio y largo plazo eran propuestas recogidas por el informe elaborado por la comisión de sabios, encabezada por el catedrático Manuel Lagaraes.

El informe Lagares defendía que “el contribuyente es quien mejor conoce dónde deben colocar sus ahorros conforme a sus propias preferencias” y recomendaba ampliar el régimen fiscal de los planes de pensiones a las aportaciones a cuentas bancarias especiales, con el requisito de que no pueda retirarse el ahorro acumulado hasta el momento de la jubilación.

Desde la patronal aseguradora (Unespa) y la asociación de fondos de inversión y planes de pensiones (Inverco), recuerdan que la reducción de la base imponible del IRPF por aportaciones a planes no constituye una desgravación fiscal, sino un diferimiento del impuesto. El ahorrador rebaja su factura tributaria durante su vida laboral, pero al rescatar el producto, las rentas o el capital obtenido sí que están gravadas.

Tributación de las plusvalías

La tercera faceta de la reforma fiscal en lo que respecta a ahorradores e inversores se refiere al régimen que mantienen las plusvalías. El año pasado, las ganancias obtenidas por la compraventa de un activo se asimilaron a las rentas del trabajo, con su correspondiente tipo marginal, siempre que el periodo de generación hubiera sido inferior a un año. Así, si una persona con un salario muy alto (más de 150.000 euros anuales), compraba unas acciones y las vendía a los pocos meses, podía llegar a pagar unos impuestos por esas plusvalías de hasta el 52% (el tipo máximo del IRPF en algunas comunidades autónomas, como Cataluña).

El Gobierno no tiene previsto suprimir esta penalización a las plusvalías a corto plazo y volver a equipararlas como un rendimiento del capital (que ahora tributan a un máximo del 27%, que caerá al 23% en 2016), pero sí que quiere suavizar este régimen excepcional. Así, Montoro anunció que el plazo para que las ganancias se consideren plusvalías a corto plazo, fijado ahora en un año, “se va a ver reducido significativamente”, con lo que los expertos vaticinan que podrían fijarse a partir de ahora en seis meses.

Los asesores financieros creen que estas medidas favorecerán levemente el ahorro y la inversión, aunque algunos de ellos esperaban algunas medidas de más calado.

Sobre la firma

Miguel Moreno Mendieta
(Madrid, 1979) es licenciado en Derecho y Economía por la Universidad Carlos III. También cursó el Máster de Periodismo de El País. Se incorporó al periódico Cinco Días en 2006, tras pasar por la web de El País y Mi cartera de Inversión. Escribe sobre el sector financiero, con un foco especial en fondos de inversión y los seguros.

Archivado En

_
_