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El Tribunal de Luxemburgo declara ilegal la destitución anticipada de un supervisor en Hungría

Un fallo de la UE pone en cuestión los ceses por la creación de la CNMC

17 miembros de los antiguos reguladores fueron destituidos antes del fin de sus mandatos El presidente y un consejero de la CMT lo llevaron al Supremo

Sede de la actual CNMC en Madrid, que albergó hasta el pasado octubre a la antigua CNE.
Sede de la actual CNMC en Madrid, que albergó hasta el pasado octubre a la antigua CNE.
Carmen Monforte

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia en el procedimiento iniciado contra Hungría por haber puesto fin antes de tiempo al mandato del supervisor de protección de datos de ese país. Un organismo que fue transformado en autoridad nacional de protección de datos y de libertad de información en 2012, y al frente de la cual el Gobierno húngaro colocó a Attila Péterfalvi por nueve año tras destituir al anterior supervisor, András Jori.

Este había sido designado en 2008 por seis años y el fin de su mandato antes de tiempo fue recurrida por la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia por creerla contraria a la directiva europea de protección de datos. Este tribunal ha fallado ahora en contra de la decisión del Gobierno húngaro argumentando que estas autoridades de control deben ejercer sus funciones sin ninguna influencia política externa. Y considera que “el hecho de permitir a un Estado miembro poner fin al mandato de una autoridad de control antes de que expire, sin respetar las reglas y las garantías establecidas” es un modo ”de ingerencia".

La sentencia tiene relevancia para España ya que hay quien equipara este caso con el de la CNMC, organismo resultante de la fusión de los reguladores sectoriales, entre otros, de la energía (CNE) y las telecos (CMT), así como de la autoridad de la competencia (CNC). Su entrada en funcionamiento el pasado octubre no estuvo exenta de polémica pues supuso la destitución de los miembros de los consejos de administración de los órganos desaparecidos, de los cuales, 17 tenían su mandato aún en vigor. Dos de ellos, el que fuera presidente de la CMT, Bernado Lorenzo y el consejero Xabier Ormaetxea, recurrieron su cese ante el Tribunal Supremo.

Según opina un experto jurídico, con esta sentencia el Supremo planteará con seguridad una cuestión prejudicial al Tribunal de la UE (esto es, le consultará antes de tomar una decisión) en el marco de los recursos interpuestos por Lorenzo y Ormaetxea. Y añade que “si, como ahora parece probable, este tribunal declara que el cese anticipado dispuesto en la ley de creación de la CNMC vulneró la directiva de comunicaciones electrónicas [pues quien denunció eran miembros del regulador de la telecos] el Supremo podría anular ambos ceses. Y además tendría una “onda expansiva”que alcanzaría a toda la CNMC y a los ceses anticipados del resto de reguladores. En este sentido, opina que no sería suficiente con restituir en sus cargos a los dos recurrentes, sino que sería necesaria una “solución legislativa integral”, fruto de un posible pacto político.

Más allá de la cuestión prejudicial, para que la Comisión Europea inicie de oficio un procedimiento de infracción contra España, sería necesario una denuncia formal desde alguna instancia española, por ejemplo, el PSOE, que es el único partido que ha denunciado la situación a través quejas o preguntas parlamentarias. De ser así, para evitar una infracción, el Gobierno debería tomar medidas.

La sentencia del tribunal de Luxemburgo obliga con su sentencia a Hungría a restablecer la legalidad, de lo contrario, la Comisión Europea podrá imponerle sanciones coercitivas.

 El Gobierno húngaro ya se enfrentó a Bruselas al intentar poner fin al mandato del gobernador de su banco central y del Tribunal Constitucional del país. En estos casos, dio marcha a atrás.

Una fusión no sirve como excusa

El caso del supervisor de protección de datos de Hungría sirvió en su día como argumento para quienes se opusieron a la fusión de los reguladores sectoriales (energía, telecos, postal, ferrorivario, aeroportuario y audiovisual) y la Comisión Nacional de la Competencia en la nueva CNMC. Y fue utilizado sin que aún mediase sentencia. Ahora el Tribunal de Justicia de la UE se ha pronunciado contra la decisión del Gobierno húngaro y lo ha hecho con contundencia.

Así, en uno de los párrafos del fallo, el tribunal advierte que “si cada Estado miembro tuviera la posibilidad de poner fin al mandato de una autoridad de control antes de que este llegue al término inicialmente previsto sin respetar las normas (..), la amenaza de tal terminación anticipada (..) podría generar una forma de obediencia al poder político incompatible con la independencia” del supervisor en cuestión.

Tampoco sirve la excusa, según el tribunal de Luxemburgo de una fusión, como ha sido el caso de España. Así, en su opinión, “esta conclusión es también cierta en el caso de que la finalización del mandato antes de tiempo obedezca a una reestructuración o a un cambio de modelo, los cuales deben organizarse de modo que respeten las exigencias de independencia impuestas por la legislación aplicable”.

Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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