7 cambios que afectan a las compras online
El BOE ha publicado ya los cambios a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Estas son algunas modificaciones que afecta a las compras:
1. Precio final
En la compra por Internet, el precio final se conocerá desde el principio. Hasta ahora, especialmente en las ventas a través de internet, al precio inicial se le iban añadiendo cargos como costes de gestión o envío. Ahora, la información precontractual deberá incluir, entre otros, “el precio total, incluidos todos los impuestos y tasas” así como “todos los gastos adicionales de transporte, entrega o postales”. También se desglosará “los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación, utilización de distintos medios de pago u otras condiciones de pagos similares”
2. Depósitos u otras garantías
Antes de que el consumidor y usuario quede vinculado por cualquier contrato a distancia, el empresario le facilitará de forma “clara y comprensible” toda la información acerca de la compra. Entre otros, la existencia y las condiciones de los depósitos u otras garantías financieras que el consumidor y usuario tenga que pagar o aportar.
3. Coste de las llamadas a atención al cliente
La línea telefónica para comunicarse con una empresa en relación con un contrato, no podrá suponer para el consumidor “un coste superior a la tarifa básica”, sin perjuicio del derecho de los proveedores de servicios de telecomunicaciones de cobrar por este tipo de llamadas.
Según la ley, se entiende por tarifa básica el “coste ordinario de la llamada de que se trate, siempre que no incorpore un importe adicional en beneficio del empresario”.
4. Plazo de desistimiento
El consumidor y usuario tendrá derecho a desistir del contrato durante un periodo de 14 días naturales (antes eran siete días) sin indicar el motivo y sin incurrir en ningún coste distinto, salvo algunas excepciones.
Las condiciones, el plazo y los procedimientos para ejercer ese derecho, así como el modelo de formulario de desistimiento se conocerá de antemano.
Cuando los bienes, por su naturaleza, no puedan devolverse normalmente por correo, se debe indicar el coste de la devolución.
5. Plazo para resolver reclamaciones
Los empresarios deberán dar respuesta a las reclamaciones recibidas en el plazo “más breve posible” y en todo caso en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la reclamación.
En caso de que en dicho plazo la reclamación no hubiera sido resuelta satisfactoriamente, los empresarios adheridos a un sistema extrajudicial de resolución de conflictos facilitarán al consumidor y usuario el acceso.
6 .Sanciones
La empresa que incumpla la normativa podrá ser sancionado por los órganos o entidades correspondientes de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones locales competentes en materia de defensa de los consumidores y usuarios.
Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se insiste en la necesidad de que se establezcan controles y de que el consumidor sea resarcido si la empresa es finalmente sancionada.
7. Llamadas comerciales (no acoso)
En ningún caso, las llamadas telefónicas con fines comerciales se efectuarán antes de las 9 horas ni más tarde de las 21 horas ni festivos o fines de semana.
El caso de comunicaciones telefónicas, deberá precisarse explícita y claramente, al inicio de cualquier conversación con el consumidor y usuario, la identidad del empresario, o si procede, la identidad de la persona por cuenta de la cual efectúa la llamada, así como indicar la finalidad comercial de la misma.