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El borrador, disponible desde el 1 de abril

Las claves para rendir cuentas con Hacienda por la renta de 2013

Thinkstock
Nuria Salobral

La Agencia Tributaria dará el pistoletazo de salida el martes 1 de abril a la campaña de la declaración de la Renta 2013. Será el primer día a partir del que estarán disponibles el borrador y los datos fiscales de los contribuyentes y partir del que comenzar los preparativos para rendir cuentas con Hacienda, si bien la suerte ya quedó echada una vez cerrado el ejercicio fiscal el pasado 31 de diciembre.

La declaración de la Renta 2013 trae como una de las principales novedades la supresión de la que fue la deducción estrella, la relativa a la inversión por la compra de vivienda habitual. Desde el 1 de enero del pasado año ya no hay beneficio fiscal por el pago de hipoteca para quienes hicieran efectiva la compra de su casa a partir de ese día. Este será el escenario fiscal que se encuentren los nuevos hipotecados. Y para quienes hayan recogido el año pasado los beneficios de sus ahorros e inversiones también hay una importante novedad. La tributación es distinta según el plazo de antigüedad de la inversión. Así, según los cambios que entraron en vigor en 2013, las ganancias patrimoniales y rendimientos de capital mobiliario obtenidos en menos de un año se gravan en la base general del contribuyente y, por tanto, a su tipo marginal, y no al del ahorro. Un cambio que sin duda supondrá un mayor pago de impuestos.

La declaración de este año también contempla la adaptación a algunas novedades legales introducidas por el Ejecutivo, como la ley de emprendedores y la nueva deducción que se establece para los business angels.

Además, al margen de los cambios fiscales, hay una importante novedad en la presentación de la declaración. Ya no será posible presentarla a bolígrafo, una práctica a la que aún recurrieron 35.000 contribuyentes en la última campaña de la renta. Sí se podrá presentar en cualquier caso el impreso en PDF, a través del programa PADRE, imprimiéndola y entregándola a la Agencia Tributaria o al banco.

Más de 19 millones de contribuyentes están convocados con la Agencia Tributaria esta primavera, en una campaña de recaudación que culminará el 30 de junio.

Plusvalías

Desde el pasado 1 de enero de 2013, las plusvalías obtenidas en menos de un año se gravan al tipo marginal del contribuyente, que puede oscilar del mínimo del 24,75% para bases imponibles de menos de 17.700 euros al máximo del 52% que se aplica en la Comunidad de Madrid o el 56% de Cataluña. Y es aquí donde estriba la principal novedad fiscal para los inversores en la declaración de la Renta 2013 y también el principal inconveniente para quienes aspiraran a sacar el máximo provecho no solo financiero sino también fiscal a lo ganado el año pasado en Bolsa –el Ibex llegó a subir más del 20%– o en renta fija –la prima cayó desde los 394 a los 220 puntos básicos–.

Para las ganancias obtenidas a más de un año, el gravamen se mantiene en un 21% para los primeros 6.000 euros; del 25% hasta los 18.000 siguientes y del 27% para lo que exceda de 24.000 euros. Este régimen es el que rige también este año para las ganancias obtenidas en Bolsa, fondos de inversión o en la venta de una vivienda –ganancias patrimoniales– y en depósitos y renta fija, considerados rendimientos del capital mobiliario.

El escenario cambiará previsiblemente para 2015, cuando ya esté en vigor la reforma fiscal que prepara el Gobierno. Aún no hay nada decidido, pero la comisión Lagares ya ha apuntado algunas propuestas, como la eliminación de la distinción a efectos fiscales de las plusvalías en función de la antigüedad o la posibilidad de poder compensar pérdidas patrimoniales con rendimientos del capital y viceversa.

En todo caso, el inversor ya contará en 2015 con la previsible ventaja de una rebaja de los tipos marginales del IRPF, según las intenciones avanzadas por el Gobierno, que beneficiará en especial a las rentas más altas.

Vivienda

Quienes compraran con anterioridad al 1 de enero de 2013 su casa pueden seguir deduciéndose hasta el 15% de lo pagado durante el año, sobre un límite de 9.040 euros. Con posterioridad a esa fecha se ha eliminado por completo la deducción, si bien el Gobierno ha asegurado que en la reforma fiscal que prepara no se contempla eliminar ese beneficio fiscal con carácter retroactivo.

Y quienes se sigan acogiendo al beneficio fiscal de la deducción por vivienda estarán en cualquier caso obligados a presentar la declaración.

Emprendedores

El modelo de la declaración de la Renta 2013 incorpora las deducciones introducidas en la ley de apoyo a los emprendedores del pasado mes de septiembre de 2013. Es el caso de los business angels o inversores que aporten capital para el inicio de una actividad empresarial. Así, podrán deducirse el 20% de la cuota estatal en el IRPF por la inversión en sociedades de nueva o reciente creación. La base máxima para esa deducción será de 50.000 euros anuales.

Impresos sin boli

Junto a los cambios introducidos en la tributación, la Renta 2013 también trae una importante novedad para 35.000 contribuyentes, aquellos que siguen presentando su declaración a bolígrafo. Ya no podrán hacerlo en esta campaña, con lo que se pondrá fin a la clásica imagen del contribuyente rellenado a mano los impresos junto a una calculadora. La Agencia Tributaria les ofrecerá el servicio de cita previa para la confección y presentación de la declaración, incluso si incumple los requisitos habituales para acceder a tal servicio, como ejercer una actividad económica o contar con más de un inmueble arrendado.

Verificar los datos

La confirmación del borrador de la declaración de la renta es la fórmula más rápida para rendir cuentas con Hacienda, que cada vez canaliza mayor número de declaraciones por internet. En la campaña del pasado año, la Agencia Tributaria recibió más de 19,4 millones de declaraciones y, de ellas, 12 millones (el 61,9%) se presentaron a través de internet.

Pero al margen del cauce elegido, el contribuyente debe comprobar que sus datos fiscales son los correctos. En especial si sus circunstancias personales cambiaron en el pasado año. Por ejemplo, en la declaración de la renta influyen acontecimientos vitales como el nacimiento o adopción de un hijo, el fallecimiento del cónyuge o de algún otro miembro de la unidad familiar, el matrimonio o la separación –la pensión compensatoria al excónyuge o las anualidades por alimentos a los hijos se recogen en la declaración– o el reconocimiento de alguna discapacidad o la variación en el grado de minusvalía que tuviera reconocido el contribuyente.

Sobre la firma

Nuria Salobral
Es jefa de la sección de Inversión en el fin de semana y redactora especializada en temas financieros y política monetaria. Trabaja en Cinco Días desde 2006, donde ha cubierto la quiebra de Lehman Brothers, el rescate a la banca española o las decisiones del BCE. Nacida en Madrid, es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense.

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