Bruselas pone coto a las 'máquinas especuladoras' de las Bolsas
Los negociadores de la Eurocámara y de los Gobiernos de los Veintiocho han alcanzado un acuerdo final sobre una norma para reforzar los controles sobre la negociación bursátil de alta frecuencia por ordenador con el objetivo de evitar un nuevo flash crash, un desplome repentino como el que afectó a la bolsa estadounidense en mayo de 2010, según recoge Europa Press.
La norma, que todavía debe ser ratificada por el pleno de la Eurocámara y el Ecofin, introduce nuevas salvaguardas para las actividades de negociación algorítmica y de alta frecuencia, que han dado lugar a un fuerte aumento de la velocidad de la negociación y plantean posibles riesgos sistémicos, según la Comisión.
Así, cualquier empresa de inversión que recurra a este tipo de negociación deberá contar con sistemas y controles eficaces, como “cortocircuitos” para suspender la negociación si la volatilidad de precios es demasiado alta. Para minimizar el riesgo sistémico, los algoritmos utilizados deberán ser examinados y autorizados por los reguladores.
Además, el registro de todas las órdenes y cancelaciones de órdenes deberá almacenarse y ponerse a disposición de la autoridad competente que lo reclame.
Estas nuevas medidas están contenidas en la reforma de la directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros (denominada MiFID). La norma obliga a que todos los sistemas que permiten a los actores del mercado comprar y vender instrumentos financieros operen como mercados regulados y por tanto estén sujetos a MiFID, de manera que ninguna plataforma escape a la normativa.
Además, incluye nuevas garantías de protección a los consumidores para evitar casos de información engañosa. Las compañías deberán diseñar productos de inversión que se adapten a las necesidades de determinadas categorías de clientes y retirar productos “tóxicos” del mercado. Asimismo, no deberán remunerar a los empleados de forma que pueda ir en detrimento del interés de sus clientes.
La norma contempla también una mayor supervisión de los mercados de derivados sobre materias primas y establece requisitos de información sobre las posiciones por categoría del operador. Además, se faculta a los reguladores financieros para que supervisen e intervengan en cualquier fase de la actividad negociadora de todos los derivados sobre materias primas, incluso fijando límites a las posiciones, cuando se tema que pueden producirse alteraciones en los mercados.