Cómo ganar 660 euros más al año sin una subida de sueldo
El asalariado debe entregar un formulario a su empresa antes del primero de enero La menor retención, eleva el sueldo neto y reduce el importe de la devolución en la declaración de la renta
¿Es posible aumentar el salario neto sin que la empresa le suba el sueldo? La respuesta es sí. La legislación actual contempla la posibilidad de reducir el tipo de retención para aquellos empleados que aplican la deducción por inversión en vivienda y ganan menos de 33.007,2 euros anuales. Si se cumplen ambas condiciones, el asalariado puede solicitar antes del primero de enero de cada año a su empresa que le rebaje en dos puntos la retención del IRPF que sufre mensualmente en su nómina.
No se trata de una rebaja fiscal. El beneficio tributario consiste en que el contribuyente aumenta su salario neto y cuando le toque presentar la declaración de la renta al ejercicio siguiente tendrá derecho a una menor devolución o le saldrá a pagar. En cualquier caso, en una situación en que muchas familias tienen problemas para llegar a fin de mes, la posibilidad de reducir el porcentaje de retención de la nómina supone una fuente de liquidez adicional.
Por ejemplo, un contribuyente soltero y sin hijos con un sueldo anual de 33.000 euros, sufre una retención del 19% en su nómina y su salario neto asciende a 2.053 euros mensuales en doce pagas. Si tiene derecho a acogerse al beneficio fiscal, el tipo de retención en el IRPF se reduce al 17% y su sueldo mensual aumenta a 2.108 euros. Es decir, 55 euros más cada mes y 660 euros adicionales al año.
La medida permite mitigar el incremento fiscal vigente desde 2012
Todos los asalariados que cumplan los requisitos pueden pedir a su empresa que les aplique esta rebaja de dos puntos en las retenciones mensuales y no cabe la posibilidad de una negativa. Para ello, basta descargarse de la página web de la Agencia Tributaria el formulario 145 –también se puede obtener en CincoDías.com–, indicar que actualmente se aplica la deducción por inversión en vivienda habitual y entregar el documento a la empresa antes del 1 de enero para que tenga efectos el próximo año. Obviamente, esta opción no existe para aquellos que compraron su casa habitual después de diciembre de 2012, momento a partir del cual el Gobierno suprimió la deducción por inversión en vivienda, el beneficio fiscal más relevante del IRPF.
Actualmente, 5,2 millones de personas tienen derecho a esta deducción, que permite desgravar el 15% del dinero destinado a pagar la vivienda habitual con un límite de 9.030 euros anuales. El coste para las arcas públicas supera los 4.000 millones de euros. Muchos expertos aseguran que este beneficio fiscal tiene cierta responsabilidad en la burbuja inmobiliaria. De hecho, históricamente, el sistema tributario siempre ha premiado la compra de vivienda frente al alquiler.
Reclamar la rebaja de dos puntos en las retenciones no tiene ningún coste para las empresas. El dinero que paga de más al trabajador deja de ingresarse en la Agencia Tributaria. Puede existir un mínimo handicap financiero para las pymes en la medida en que declaran las retenciones trimestralmente y no mensualmente como las grandes empresas.
La posibilidad de rebajar las retenciones y elevar así el salario neto mensual tiene todavía más interés después del incremento fiscal que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy en su primer Consejo de Ministros en diciembre de 2011. Hasta 17.707.20 euros, el gravamen aumentó en 0,75 puntos y así progresivamente hasta los siete puntos de incremento que sufrieron las rentas superiores a 300.000 euros. En consecuencia, los contribuyentes que cumplan los requisitos para reclamar una rebaja de sus retenciones tienen la posibilidad de mitigar el efecto del incremento impositivo.
En principio, el aumento fiscal del IRPF que aprobó el Gobierno se limitaba a los ejercicios 2012 y 2013. Sin embargo, ante la necesidad de cuadrar las cuentas públicas y reducir el déficit, el Ejecutivo ha prolongado un año más su vigencia. No obstante, la reforma fiscal que aprobará Hacienda en 2014 incorporará una rebaja del impuesto sobre la renta para 2015.
Malestar por el veto a los aplazamientos
La Agencia Tributaria emitió el pasado 9 de diciembre una instrucción interna en la que prohíbe con carácter general que las empresas puedan aplazar el pago de retenciones a la Agencia Tributaria. La decisión, avanzada por CincoDías el pasado martes, ha generado un fuerte malestar en el sector empresarial y supone cambiar el criterio seguido por la Agencia Tributaria desde 2009, cuando se aceptó postergar de formar recurrente el pago de retenciones. Hacienda sostiene que esa permisividad ha derivado en una “cierta utilización fraudulenta de la figura del aplazamiento” y, por ello, ha optado por cerrar esta vía de liquidez.
Las empresas reconocen que la nueva interpretación es acorde con la legislación, sin embargo, lamentan que el cambio de criterio se produzca de un mes para otro y sin ofrecer casi margen de reacción.