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Las ganancias a menos de un año llegan a tributar hasta al 56%

Fórmulas para rebajar la factura fiscal en un año de plusvalías

Nuria Salobral

El mejor año de mercado desde el inicio de la crisis es también el más desfavorable fiscalmente para las ganancias a corto plazo, aquellas que se hayan obtenido en un período inferior a los doce meses. Y a falta de poco más de tres semanas para que finalice el ejercicio fiscal, es el momento de echar cuentas y de intentar minimizar el impacto de los últimos cambios en la tributación del ahorro, si no es ya demasiado tarde para el inversor.

Desde el pasado 1 de enero, las plusvalías obtenidas en menos de un año se gravan al tipo marginal del contribuyente, que puede oscilar del mínimo del 24,75% para bases imponibles de menos de 17.700 euros al máximo del 52% que se aplica en la Comunidad de Madrid o el 56% de Cataluña. Y es aquí donde estriba la principal novedad fiscal del año y también el principal inconveniente para quienes aspiraran a sacar el máximo provecho no solo financiero sino también fiscal a lo ganado en 2013 en Bolsa –el Ibex ha llegado a subir más del 20%– o en renta fija –la prima ha caído desde los 394 a los 220 puntos básicos–.

“El consejo es no realizar nada que vaya a la base general”, señala Victoria Rubio, experta fiscal de Citi. Es decir, retrasar la materialización de aquellas ganancias que tributan al tipo marginal y no en la base del ahorro, donde los tipos son inferiores a partir del año de antigüedad de la inversión: del 21% hasta los primeros 6.000 euros, del 25% hasta los 18.000 siguientes y del 27% para lo que exceda de 24.000 euros. Y junto con el retraso hasta que pase más de un año en la materialización de plusvalías, hay otros recursos para rebajar la factura fiscal antes de 2014.

Planes de pensiones

Son la fórmula más clásica para reducir la factura del IRPF, en especial para las rentas más altas. Así, en tales casos lo que es un gravamen elevado se convierte en un atractivo ahorro fiscal, puesto que las aportaciones a planes de pensiones reducen directamente la base imponible de la declaración de la renta, de modo que un partícipe al que se aplique en su IRPF el máximo del 56% también disfrutará de un ahorro en idéntica proporción, aunque con determinados límites: 10.000 euros anuales o el 30% de los rendimientos del trabajo o actividades económicas para los menores de 50 años o 12.500 euros anuales o el 50% de los rendimientos citados a partir de esa edad.

Y conocida ya la ventaja fiscal de la aportación, hay que planificar con cuidado el momento del reembolso, aunque no coincida necesariamente con el de la jubilación, ya que la prestación tributa al tipo marginal propio de los rendimientos del trabajo, y no a los tipos fijos del ahorro . “Es conveniente hacer el rescate en el año de mínimas rentas, por ejemplo cuando al contribuyente se le hubiera acabado la indemnización fraccionada por despido”, añade Rubio. Y recurrir al rescate en forma de capital, que conserva la reducción del 40% para los saldos provenientes de ejercicios anteriores a 2006.

Deducción por vivienda

La deducción estrella del IRPF, la relativa a vivienda habitual, desaparición en enero de 2013. Pero quienes compraran con anterioridad su casa pueden seguir deduciéndose –mientras no se decida una retirada gradual de este beneficio fiscal– hasta el 15% de lo pagado, sobre un límite de 9.040 euros.

Compensación de minusvalías

Aunque en lo financiero siempre son una mala noticia, a efectos fiscales pueden resultar favorables para reducir la factura por el conjunto de lo ganado en el ejercicio. Las minusvalías generadas en un año pueden compensarse durante los cuatro siguientes, con lo que 2013 es la última oportunidad para compensar pérdidas reonocidas en 2009. Por otro lado, y aunque este año haya sido de bonanza en los mercados, si el contribuyente ha tenido la mala fortuna de tener pérdidas, le servirán para rebajar la cuantía de lo ganado, en especial si superan los 24.000 euros a partir de los que el gravamen asciende al 27%. Y hay que compensar pérdidas con ganancias de la misma naturaleza. Es decir, las pérdidas en Bolsa o en la venta de una casa, ganancias patrimoniales, no sirven para compensar lo ganado en depósitos o renta fija, rendimientos del ahorro.

Fondos de inversión

Los fondos, cuyas plusvalías se reconocen como ganancias patrimoniales, son propicios para esquivar los vaivenes de los mercados, ya que permiten el traspaso de un fondo a otro sin coste fiscal. En definitiva, aparcar el reconocimiento de plusvalías o minusvalías hasta el momento del reembolso y sin tener que tributar de forma obligada por el cobro de un cupón, como ocurre con la deuda, aunque no se venda el activo.

Cambios a futuro

Los actuales tipos del IRPF se elevaron de forma en principio transitoria para 2012 y 2013, una situación que se ha prolongado a 2014. La voluntad del Gobierno es abordar una rebaja en 2015, un escenario, sujeto a las dificultades en el cumplimiento del déficit, que deben tener en cuenta los contribuyentes y que puede hacer aconsejable prorrogar las desinversiones a ese año, siempre que se disponga de liquidez.

Sobre la firma

Nuria Salobral
Es jefa de la sección de Inversión en el fin de semana y redactora especializada en temas financieros y política monetaria. Trabaja en Cinco Días desde 2006, donde ha cubierto la quiebra de Lehman Brothers, el rescate a la banca española o las decisiones del BCE. Nacida en Madrid, es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense.

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