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También dobla la multa por conducir bajo los efectos de drogas o alcohol

El Gobierno prohíbe los detectores de radar

El Ministerio del Interior justifica la medida porque, dice, su venta y uso persiguen el incumplimiento de los límites de velocidad.

EFE
Javier García Ropero

El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de hoy el anteproyecto para reformar la Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Y como suele suceder en estos casos, algunos puntos no gustarán a todos.

El más polémico puede ser la prohibición de los detectores de radares, ya que según el ministerio de Interior "su venta y uso persiguen el incumplimiento de los límites de velocidad". Esta prohibición también viene acompañada con la pérdida de puntos para los conductores que los utilicen, aunque el Ejecutivo no ha dado más detalles al respecto. "Es un contrasentido permitir el uso de mecanismos que tienen como principal finalidad eludir los controles de velocidad". La ley ya prohibía la utilización de los inhibidores de radar, que permitían a los vehículos atravesar los puntos de control de velocidad sin ser identificados por el dispositivo, y los sancionaba con 6.000 euros y seis puntos. Pero la misma legislación que se sustituirá indicaba que "no constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico", entre ellos los detectores y los avisadores.

¿En qué se diferencian? Los avisadores fijan la posible ubicación de los radares a través de bases de datos, ya sean propias, de los usuarios, o de la propia Dirección General de Tráfico. Esto también permite calcular la posible ubicación de radares móviles, pero sólo por la experiencia que trasladan los usuarios. En cambio, los detectores captan las ondas que emiten los radares, ya sean fijos y móviles, y avisan de su ubicación, pero, a diferencia de los inhibidores, no interfieren en su funcionamiento.

Casco en bici hasta los 18 

Otro de los puntos polémicos será la obligación de llevar casco al montar en bicicleta hasta cumplir la mayoría de edad en cualquier tipo de vía, justo en medio del debate sobre la obligatoriedad de llevar casco en vía urbana para todas las edades. Se mantiene la obligación de llevarlo en vías interurbanas para adultos, y el Gobierno deja para el texto final la decisión sobre la obligación de que los adultos tengan que llevar casco en vía urbana.

Alcohol y drogas: doble de multa

Además, el Gobierno ha fijado la multa por conducir con tasas de alcohol superiores a la permitida o bajo los efectos de las drogas en 1.000 euros, frente a los 500 actuales. TAmbién para los peatones cuando estén implicados en un accidente, por ejemplo, un atropello, que podrán ser requeridos para pasar la prueba de alcoholemia o drogas. Ésta se realizará a través de un análisis de saliva obligatorio.

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Sobre la firma

Javier García Ropero
Redactor de la sección de empresas, especializado en distribución, gran consumo y economía del deporte. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y Especialista en información económica de la UIMP. Desarrolla su carrera en CincoDías desde 2011 tras haber pasado por El Mundo y Vocento.

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