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El expediente fue incoado por dos faltas muy graves y una grave

El TS rechaza por error formal la denuncia del juez del caso Blesa contra el instructor de su expediente

Alega que el juez Silva debería haber presentado querella y no denuncia Abre la puerta a que corrija esta carencia

GRA355. MADRID, 26/06/2013.- El juez Elpidio José Silva, que ordenó el ingreso en prisión incondicional del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, durante su participación en la mesa redonda ?La independencia del poder judicial". EFE/Kiko Huesca
GRA355. MADRID, 26/06/2013.- El juez Elpidio José Silva, que ordenó el ingreso en prisión incondicional del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, durante su participación en la mesa redonda ?La independencia del poder judicial". EFE/Kiko HuescaKiko Huesca (EFE)

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la denuncia por prevaricación que presentó el juez del 'caso Blesa', Elpidio José Silva, contra el magistrado instructor y la fiscal encargados del expediente disciplinario que le ha abierto el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por dos posibles faltas muy graves y una grave y que le pueden costar su expulsión de la carrera.

El alto tribunal argumenta que el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid debería haber interpuesto querella y no denuncia conforme al artículo 406 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que “el juicio de responsabilidad penal contra Jueces y Magistrados podrá iniciarse por providencia del Tribunal competente, o en virtud de querella del Ministerio Fiscal o del perjudicado u ofendido o mediante el ejercicio de la acción popular”.

“Sin que por consiguiente, esté prevista la denuncia, como medio legalmente admitido para exigir la responsabilidad de los jueces y magistrados”, resume, para archivar las actuaciones.

En la medida en la que Silva no se ha personado como querellante, la Sala de lo Penal procede a desestimar su escrito, aunque deja la puerta abierta a que tal carencia “pueda ser subsanada en legal forma”.

Retrasos, falta de motivación y desconsideración

“Tanto la competencia del tribunal como la exigencia legal de querella constituyen presupuestos procesales de los que depende el proceso íntegramente”, señala el auto del que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela.

La denuncia de Silva se dirigía contra el magistrado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, (TSJM) Álvaro Domínguez, que es quien instruye el expediente, y contra la fiscal designada para informar sobre el mismo, María José Rodríguez Abadía.

El expediente se ha incoado por presuntos retrasos, falta de motivación del juez del “caso Blesa” en resoluciones relativas a otros procedimientos anteriores y falta de consideración a sus funcionarios.

Domínguez investiga la actuación del juez Silva en su juzgado y deberá presentar a la Comisión Disciplinaria del CGPJ una propuesta de archivo del expediente o bien instar la suspensión, el traslado forzoso e incluso la expulsión de Silva la carrera judicial.

En principio, el expediente fue incoado por dos faltas muy graves y una grave. Las primeras lo son por “absoluta y manifiesta falta de motivación” de sus resoluciones y por retrasos en la tramitación de asuntos en su juzgado mientras que la grave corresponde al artículo 418.5, que sanciona la falta de consideración del juez del “caso Blesa” a sus funcionarios.

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