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Se abre una nueva fórmula para 300.000 afectados

Cómo los dueños de preferentes de Bankia pueden recuperar el dinero por vía penal

Las repercusiones para los que compraron los híbridos El juez avisa de que la vía civil será más rápida y eficaz

Sede operativa de Bankia, en una de las torres de Puerta Europa, en la plaza de Castilla de Madrid.
Sede operativa de Bankia, en una de las torres de Puerta Europa, en la plaza de Castilla de Madrid.Pablo Monge

Las siete cajas que dieron origen a BFA-Bankia vendieron 6.911 millones de euros en preferentes y deuda subordinada. Este importe ya ha sido convertido en acciones pero el nuevo paso dado por el juez Fernando Andreu puede dar al traste literalmente con el canje de híbridos impuesto por Bruselas. Fuentes jurídicas advierten que si finalmente hay delito en la comercialización todo el proceso puede quedar invalidado.

El juez Fernando Andreu –instructor del caso Bankia desde julio de 2012, cuando admitió a trámite una querella de Unión Progreso y Democracia (UPyD)– tiene un ingente trabajo por delante. En un auto publicado hoy, amplía la investigación a la comercialización de las preferentes.

¿Qué supone esto para los afectados por las preferentes?

El juez Fernando Andreu da cabida en el proceso penal a los alrededor de 300.000 clientes que compraron preferentes o deuda subordinada de Caja Madrid y Bancaja.

¿Podrán acudir también los inversores de las otras cinco cajas que fueron el germen de BFA-Bankia?

 El auto menciona exclusivamente los híbridos de Caja Madrid y de Bancaja, si bien fuentes jurídicas anticipan que previsiblemente también podrán acogerse los dueños de preferentes o bonos subordinados de las otras cinco cajas que formaron BFA-Bankia: La Caja de Canarias, Caixa Laietana, Caja Rioja, Caja Ávila y Caja Segovia.

¿La vía penal es la más aconsejable para recuperar rápido el dinero?

No. El juez afirma que “debe romperse con el mito de acudir preferentemente a la vía penal, cuando se puede obtener una respuesta más rápida y eficaz ante la jurisdicción civil”. Es decir, conmina a los afectados a acudir a la vía civil para conseguir que se les devuelva el dinero lo antes posible.

Fuentes jurídicas reconocen que a partir de ahora se abre un macroproceso que se alargará (mucho) en el tiempo. Se podría comparar a Fórum-Afinsa: la instrucción comenzó hace siete años y aún no ha concluido. Santiago Viciano, de V Abogados, advierte que “la instrucción y resolución de un macroproceso como este puede durar 15 años hasta que la gente cobre”. El fundador de V Abogados pone de ejemplo el caso de la colza, en el que hay gente cobrando todavía.

Entonces, ¿qué sentido tiene adherirse al proceso penal?

“Hay algunos inversores, los cualificados, que no podrán acceder al arbitraje y que quizá vean desestimadas sus demandas, entre otros los propios empleados de Bankia que tienen millonadas invertidas, a los que se les abre una puerta a la esperanza”, explica Viciano. “También servirá a aquellas personas que no ganen las demandas civiles que podrán recurrir a este proceso”, agrega.

Desde este bufete aconsejan lo siguiente: para los casos flagrantes, el arbitraje; si se evalúa al cliente y está en situación, la reclamación civil; y si es un inversor que sabía lo que compraba, recomendaremos la adhesión al proceso penal.

Si se ha acudido al arbitraje, ¿puede irse a la causa penal?

Para el arbitraje hay un filtro previo. A los que han pasado ese primer filtro, se les exige firmar la renuncia de acciones judiciales. Sin embargo, fuentes jurídicas dudan de que esa renuncia sea aplicable en este caso. Por un lado, porque se aplicaría solo a la vía civil, no a la penal. Si se demuestra que efectivamente ha habido delito, esa renuncia sería dudosa ya que supondría la nulidad total del negocio. “Nadie va a impugnar la personación de preferentistas que hayan acudido” sostienen esas fuentes

¿Cómo adherirse al proceso penal?

Es extremadamente sencillo. “Los preferentistas de las cajas de Bankia pueden adherirse a la querella, para lo que deben aportar documentación que acredite la compra de preferentes y el importe”, señalan fuentes jurídicas.

¿Aunque el cliente no esté personado en el proceso penal será resarcido económicamente?

Jordi Ruiz de Villa, socio de Jausas experto en Litigación Bancaria, considera que "para que se condene a los querellados y a Bankia, además de a penas de prisión, a indemnizar a los perjudicados hay que estar personado". "Cuestión distinta sería que el fiscal acusara y entonces podría solicitar las indemnizaciones en nombre de todos los perjudicados, pero ello solo tendrá lugar tras la instrucción. Aunque ahora no vea delito es posible que mas adelante cambie de opinion", añade.

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