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Por qué BEPS será clave para las multinacionales

El informe de la OCDE pondrá en debate la forma en la que los grupos estructuran sus actividades e inversiones en el extranjero

BEPS, acrónimo por el cual nos referimos al informe Addressing Base Erosion and Profit Shifting, publicado por la OCDE en febrero de 2013, es la reacción de este organismo a la presión gubernamental frente a determinadas prácticas fiscales que permitirían reducir la tributación global de grupos multinacionales de manera artificial, aun cuando dichas prácticas cumplan, tal y como reconoce el propio informe, con la legalidad vigente en cada jurisdicción. Parafraseando a la diputada laborista británica Margaret Hodgem, en su intervención ante el Public Accounts Committee el pasado diciembre, son prácticas fiscales que, aun considerándose legítimas, se juzgan como inmorales para la sociedad, especialmente en el contexto económico actual.

El informe es importante porque su finalidad es la de articular medidas cuya puesta en práctica de forma coordinada por todos los países OCDE, algo fundamental de cara a su efectividad, permitirá evitar la utilización de las estrategias fiscales agresivas a las que el informe se refiere. De hecho, se espera que este mismo mes de mayo, con ocasión de la reunión del G-20 en Moscú, empiecen a comunicarse los primeros acuerdos.

No obstante, más allá del debate que BEPS plantea en relación a cómo conciliar el objetivo de aumento de la recaudación efectiva con los principios de seguridad jurídica y legalidad y con la soberanía fiscal (y con la competencia fiscal de estos para atraer inversiones), su relevancia práctica se centra en el hecho de que los resultados de esta reflexión afectarán, a buen seguro, a la forma en la que los grupos multinacionales estructuran, y han estructurado, sus actividades e inversiones en el extranjero.

En este sentido, como venimos sosteniendo desde hace tiempo, hoy en día la planificación fiscal internacional no se limita a un ejercicio teórico, más o menos complejo, tendente a concluir sobre qué jurisdicciones, vehículos o instrumentos deben ser utilizados para conseguir el tratamiento fiscal más beneficioso para determinados tipos de renta, máxime si dicho ejercicio está desvinculado de la realidad económica. Antes bien, debe tratarse de un análisis donde, precisamente sobre la base de dicha realidad económica y a la luz de las implicaciones que se derivarán del proyecto en materia de fiscalidad directa, indirecta y precios de transferencia, se concluya sobre la manera más eficiente de estructurar una transacción o inversión.

Lo que resulta evidente es que el resultado de los trabajos sobre BEPS será una cuestión que nos ocupará en los próximos años.

Ricardo López Rubio

Director en el Departamento de Fiscalidad Internacional Integrada de KPMG Abogados

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