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Enmienda a la Ley de Rehabilitación

Vuelven los estancos a los edificios ocupados por organismos públicos

Abrir nuevos establecimientos de venta de tabaco en estos edificios estaba prohibido desde 1998 Solo permanecían a salvo del veto las tiendas 'duty free' de aeropuertos y puertos

Imagen de cajetillas de tabaco.
Imagen de cajetillas de tabaco.EFE

Esta clase de estavblecimientos estaban prohibidos desde el año 1998 con la salvedad de las tiendas duty free de aeropuertos y puertos.

Así consta en una de las enmiendas presentadas en el Congreso por el PP al proyecto de ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, a las que ha tenido acceso Europa Press. En concreto, los populares proponen modificar una disposición de la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, vigente desde el año 1998, que prohibía otorgar nuevas autorizaciones o concesiones de expendedurías de régimen especial, o de modificar las ya existentes.

Ahora, se suprime ese veto para permitir la concesión de “nuevas autorizaciones para la venta de labores de tabaco, en el régimen fiscal que corresponde, a establecimientos que pudieran ser de este tipo, preexistentes o no, que no contasen con las oportunas autorizaciones a la entrada en vigor de esta ley”.

Según el decreto regulador de las actividades de importación y comercio mayorista y minorista de labores de tabaco, de 1986, las expendedurías de régimen especial son aquellas que “están situadas en el interior de recintos o edificios ocupados por organismos del Estado (comunidades autónomas, provincias, municipios o entidades de carácter público) en las que se pueden vender todos los productos monopolizados pero no autorizados de venta con recargo, excepto dentro del propio recinto. Además, no pueden estar señalizadas con rótulos en la calle ni tener acceso directo desde la vía pública.

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