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Tribuna
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El nuevo registro civil y el plan de grupo

La Constitución española exige que la administración pública sirva con objetividad “a los intereses generales” (art. 103). Es un mandato expreso para los gobernantes que han de tener por norte en el ejercicio de sus funciones el interés general de la sociedad, el bien común, sin que pueda prevalecer frente a éste los intereses individuales o de grupo. Este precepto viene a recoger una norma mínima de ética democrática que impide la utilización de las instituciones públicas en beneficio propio o de grupos afines con perjuicio del interés general. En estos últimos días ha salido a la luz un polémico y delirante borrador de anteproyecto de ley que, con la excusa de atribuir la llevanza del Registro Civil a los Registradores de la Propiedad, se embarca en una reforma integral de los registros públicos. Según la clásica definición de Santo Tomás, la ley es el dictamen de la razón ordenado al bien común. Son muchos los que ven que esta propuesta de ley es contraria a la razón y al bien común. ¿A quién beneficia la reforma? Cui prodest? Según la página web de la influyente Asociación de Registradores Bienvenido Oliver (ARBO), la Ley de Reforma Integral de los Registros, presentada por el Ministerio de Justicia, es un texto que, en sus grandes líneas maestras, responde a las ideas unánimemente construidas por los registradores. Y dice de ella que es la verdadera hoja de ruta registral, un plan del grupo. Pero lo que no está claro es si esta hoja de ruta o plan de grupo es coincidente con el interés general.

 Atribuir la llevanza del Registro Civil a los registradores de la propiedad y mercantiles ha sido el pretexto para llevar a cabo un plan de grupo que aleja aún más los registros españoles del resto del mundo. Además no olvidemos que hace menos de dos años ya se dictó la Ley 20/2011, de 21 de julio, con la previsión de que entrara en vigor en 2014, y cuyo objetivo era desjudicializar el Registro Civil, convertirlo en un registro electrónico y fijar la organización, dirección y funcionamiento bajo la idea de unidad y modernidad. No hay razones de interés general que justifiquen abortar la ley de 2011 antes de su entrada en vigor, especialmente cuando la contrarreforma supone un paso atrás en los propósitos de unicidad y modernidad prevenida por la citada ley. También se frustran definitivamente las previsiones de modernización de otras leyes más antiguas como la 24/2001 y la 24/2005, que ordenaban el acceso on line al Registro en tiempo real incrementando la eficacia y seguridad de la información.

La nueva ley no es beneficiosa para el ciudadano, cuyos datos más íntimos se exponen en un gran pay per view, retroalimentado por el cúmulo de consultas internas entre registros que se van a exigir en la nueva ley. Esta les atribuye todos los registros y, simultáneamente, crea a cada registrador la obligación de consultar los demás registros para cualquier cosa, cobrando. Sigue la estrategia del bombero pirómano, primero se crea artificialmente la demanda y luego el mismo que la crea, la atiende. Así, cuando un ciudadano presente un documento en un Registro, el registrador va a pedir información de todo tipo a los demás registros: domicilio, estado civil, poderes, seguros, testamentos y así con todos los datos personales. Por tanto, cada vez que un documento tenga que acceder a un Registro, además de pagar a este, habrá que abonar peaje a los demás registros consultados. La contrarreforma sólo responde a un proyecto gremial, que desnaturalizará al Registro civil, al tiempo que aprovecha para alterar el Registro de la Propiedad y Mercantil y todo el sistema registral español, que quedará en manos de unos funcionarios, apartados de la realidad, no sujetos a jerarquía, con una independencia tal que sólo responderían ante Dios y ante la Historia. Esta propuesta, más propia de un Estado totalitario, busca crear un nuevo poder libre de control. La exposición de motivos del borrador está repleta de delirios y falacias maniqueas, dejando entrever que los jueces, los abogados, los notarios, los funcionarios y los ciudadanos son el Ahrimán maniqueo (el mal), mientras que los Registradores son Zurván (el bien). Aunque no lo hubiera dicho ARBO, es evidente quién es el padre de la criatura, ya que ni la más devota de las abuelas habría elogiado con tanta fascinación a su nieto, como lo hace el redactor del borrador de proyecto con los registradores a los que los ensalza como “árbitros de la legalidad”, “verdaderos instrumento de control de la legalidad”, mientras que a los demás agentes del tráfico jurídico les atribuye “falta de auténtica fidelidad o confianza personal”.

 Alfonso Cavallé es decano del Colegio Notarial de las Islas Canarias

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