Bruselas regula por primera vez la compensación por retrasos en los vuelos
Las compañías solo debían prestar asistencia en función de la tardanza y distancia del vuelo
La Comisión Europea ha aprobado un proyecto de Reglamento que por primera vez reconoce el derecho de los pasajeros de avión a una indemnización en caso de un retraso de más de cincos en un vuelo dentro de la UE o de nueve horas en los internacionales. Hasta ahora, las compañías solo estaban obligadas a prestar asistencia (manutención, bebidas) en función de la tardanza y la distancia del vuelo. Una sentencia del Tribunal de la UE, sin embargo, reconoció también el derecho a una compensación cuando el retraso supera las tres horas, un plazo que la Comisión considera demasiado corto y ha decidido ampliar hasta cinco horas para, en ciertos casos, como las averías, dar tiempo a las líneas aéreas a buscar las piezas de recambio necesarios o a preparar un avión de repuesto.
El nuevo Reglamento, que para entrar en vigor necesita la aprobación del Parlamento Europeo y del Consejo de Ministros de Transporte de la UE, limita también la responsabilidad financiera de las compañías, para evitar que un problema de duración indefinida “ponga en peligro su supervivencia económica”. La reforma se deriva del caso ocurrido en 2010, por el cierre del espacio aéreo durante una semana tras la erupción de un volcán en Islandia. Bruselas propone ahora que, en caso de cancelación de vuelos, las aerolíneas solo estén obligadas a cubrir los costes de alojamiento de los pasajeros durante tres noches, límite que no se aplicará, según la propuesta, en caso de pasajeros con movilidad reducida y sus acompañantes, menores no acompañados, mujeres embarazadas o persones con necesidades médicas muy específicas.
Otros cambios
El Reglamento también incluye otros cambios, como la prohibición de denegar el embarque en un vuelo de regreso al titular de un pasaje de ida y vuelta que no utilizó el primer tramo. O el derecho de los pasajeros a corregir, sin coste alguno, un error en sus datos personales hasta 48 horas antes de la salida del vuelo. O el derecho a transportar en cabina un instrumento musical de pequeñas dimensiones o, en el caso de instrumentos de mayor tamaño, a ser informado con exactitud en qué condiciones se transportarán en la bodega del avión. Una medida muy útil para las bandas de rock que todavía no pueden hacer sus giras en jet privados.