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Tribuna
Columna
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La feria Arco y el IVA

Una medida especialmente perjudicial para el sector del Arte en España ha sido el cambio de la tributación en el IVA de las entregas de objetos de arte. Tanto por parte de su autores, como de los causahabientes de estos y las realizadas por empresarios que no se dediquen habitualmente a la compraventa de este tipo de obras, así como su importación y entrega intracomunitaria, que han pasado de estar gravadas del 8% al 21% (lo que supone un incremento de más de un 10% respecto al resto de países de la UE).

Esto último que, a primera vista, podría pensarse que solo es perjudicial para los artistas, también lo es, y de modo muy especial, para las galerías de arte, que celebran en estos días la Feria Internacional de Arte Contemporáneo (Arco).

Así las cosas, el citado cambio normativo trae funestas consecuencias en tres planos diferenciados, pero complementarios. El primero y desde un punto de vista estrictamente técnico-jurídico, la derogación, de facto, del régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

El segundo y en relación con el anterior, el consecuente incumplimiento de la normativa comunitaria que regula el tributo.

Por último, la probable caída de los ingresos tributarios asociados al mismo y como consecuencia de la deslocalización de las actividades del sector del arte en España.

Centrándonos en este último, conviene hacer una somera mención de los destinatarios habituales de las ventas de obras de arte. æpermil;stas, en su práctica totalidad, son adquiridas por coleccionistas, más o menos recurrentes, fundaciones y Entes públicos. Todos ellos tienen una nota en común: no pueden deducirse el IVA soportado con motivo de la compraventa realizada. Por lo que, lo importante es el precio final, incluido el impuesto.

Hemos de prestar especial atención a un factor decisivo: mientras muchas otras de las actividades culturales, cuyo tipo se ha incrementado, no tienen competencia internacional, ya que no es probable que el consumidor elija otro país para ver una determinada obra de teatro o una película incentivado por el menor tipo impositivo de otro territorio, en el caso del mercado de obras de arte dicha competencia se hace palpable.

En efecto, los coleccionistas y particulares suelen desembolsar cantidades importantes y el problema es que el tipo de IVA incrementado que, repetimos, no es deducible, va a ser, a buen seguro, un freno a la competitividad de las galerías de arte españolas, propiciando la movilidad de los compradores nacionales a otros territorios para llevar a cabo sus adquisiciones.

Pongamos un ejemplo que, en la práctica, se da con gran asiduidad y no es otro que el de un artista español que trabaja con dos galerías de arte al mismo tiempo: una española y otra francesa. Pues bien, imaginemos que la obra vale 6.000 euros y que tanto la galería española como la francesa están interesadas en adquirirla. Nos encontramos con que, mientras la galería española va a comprarla por 7.260 euros (6.000 euros por la obra más 1.260 euros de IVA al 21%), la francesa podrá hacerlo por 6.330 euros, dado que la adquisición tributará en destino y al tipo del 5,5%, que es el actualmente vigente en Francia para las obras de arte adquiridas a sus autores.

Como vemos la Galería francesa va a poder llevar a cabo una rebaja de casi 1.000 euros lo que, probablemente, incentivará al coleccionista, incluso español, a trasladarse a Francia para llevar a cabo dichas adquisiciones.

Ahora bien, imaginemos que el artista es francés y que las mismas galerías colaboran con él. La solución es la misma, dado que la adquisición intracomunitaria en España estará gravada al 21%, al tratarse de tributación en destino, mientras que, en Francia, la galería podrá comprar la obra a un tipo de IVA del 5,5%.

Por último, imaginemos que las dos galerías colaboran con un artista estadounidense. La solución vuelve a ser de nuevo la misma. Mientras que la española pagará un IVA a la importación del 21%, la francesa sólo un 5,5%.

Como vemos, en un mundo como el del arte, donde los artistas y galeristas colaboran, en ocasiones sin exclusividad, y donde las cantidades que se manejan son de relevancia, la subida del tipo propiciará que nuestras galerías no sean competitivas.

Ello redundará, como no podía ser de otra manera, en nuestros artistas, los cuales tendrán que abandonar España para conseguir que las galerías lleven a cabo ventas de su obra a un precio competitivo.

Javier Martín Fernández es socio director de F&J Martín Abogados y profesor titular de Derecho Financiero y Tributario de la UCM

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