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Aplicará una bonificación del 80% solo durante este año

Botella cobrará un IBI superreducido a edificios singulares como el Ritz

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid acaba de aprobar una bonificación del 80% en el IBI que deberán pagar este año los inmuebles de Patrimonio Histórico con explotación económica. El Consistorio que dirige Ana Botella recaudará entre uno y dos millones de euros con una medida que afecta a 500 edificios.

Vistas del lobby del hotel en sus orígenes y en la actualidad e imagen de la fachada tras la inauguración de 1910.
Vistas del lobby del hotel en sus orígenes y en la actualidad e imagen de la fachada tras la inauguración de 1910.

En base a la regulación vigente hasta ahora, los inmuebles del Patrimonio Histórico Español estaban exentos del IBI, siempre que así lo hubiesen solicitado previamente y cumpliesen todos los requisitos establecidos legalmente. En la actualidad, en el municipio de Madrid, hay más de 11.000 inmuebles que disfrutan de este beneficio con un coste fiscal de más de 34 millones de euros para las arcas públicas.

En el ejercicio 2013, en base a la ley 16/2012, el Gobierno central modifica la regulación de esta exención, la cual, desaparece para los inmuebles del Patrimonio Histórico Español que estén afectos a explotaciones económicas, si bien, se habilita a los municipios para que establezcan, si así lo desean, una bonificación de hasta el 95% del IBI (que puede aprobarse hasta el 31 de marzo de 2013) posibilitando así su aplicación gradual para no perjudicar dicha actividad económica.

Por tanto, si el Ayuntamiento de Madrid no regulara esta nueva bonificación en 2013, todos los inmuebles del Patrimonio Histórico Español en los que se ejerzan explotaciones económicas comenzarían a tributar plenamente por el IBI (algunos al tipo general del 0,581%, ya que en 2013 aún es de aplicación el incremento en tipo del 4%, a tenor del RDL 20/2011, de 30 de diciembre, por lo que el tipo general resultante este año será del 0,604%; y otros al tipo incrementado que corresponda).

Esto podría suponer unos 12 ó 13 millones de euros de recaudación no presupuestada para este ejercicio (es decir, de esos 34 millones de exención total lo que podría corresponder a explotaciones económicas serían esos 12 ó 13 millones). Se trata de edificios donde se llevan a cabo actividades relacionadas con la hostelería (hoteles, bares, restaurantes) comercios y oficinas o despachos, entre otros usos. La medida afectará a unos 500 edificios donde se desarrollan este tipo de actividades. Entre ellos, algunos tan emblemáticos como los hoteles Ritz y Palace.

No obstante, el Gobierno de la ciudad de Madrid, como consecuencia de la situación económica por la que atraviesa España y de acuerdo con las mejora de las previsiones contempladas por el Gobierno central para el tercer trimestre de este año y de manera más directa para 2014, ha tomado la decisión de que esta nueva carga fiscal del IBI pueda ser atemperada mediante la mencionada bonificación, con el objetivo de que se implante de forma gradual en los próximos ejercicios.

Recaudación

La propuesta de modificación de la Ordenanza Fiscal que se presenta consiste en aplicar una bonificación del 80% en 2013 a estos inmuebles del patrimonio histórico en los que se desarrollen explotaciones económicas y hubiesen solicitado previamente la exención en el impuesto.

Con esta bonificación, en 2013 la recaudación adicional estimada se reduciría de esos 12 ó 13 millones a aproximadamente entre uno y dos millones de euros.

Lo que busca esta nueva bonificación es precisamente evitar que en 2013 estos inmuebles que desarrollan explotaciones económicas tributen "de golpe" por el IBI, por lo que de manera excepcional y transitoria se aplica esta nueva bonificación para que, a partir de 2014 se equiparen al resto de inmuebles donde se ejercen actividades económicas, salvo que la situación económica aconseje su prórroga.

Asimismo, recordar que el Ayuntamiento en su proyecto de ordenanzas fiscales para 2013 aprobó bonificaciones en el impuesto de actividades económicas (IAE) para los siguientes supuestos:

? Bonificación de hasta el 25% para las empresas con pérdidas

? Bonificación de hasta el 50% para las empresas que creen empleo indefinido.

? Bonificación para nuevas actividades del 50 por 100 el 3º y 4º año de ejercicio (los 2 primeros están exentas).

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