Preferentes y fiscalidad: ¿cómo compensar las pérdidas?
Mucho se ha hablado a lo largo de los últimos meses de las preferentes: ¿qué son?, ¿cómo funcionan?, ¿porqué se han comercializado masivamente a lo largo de los últimos años?, ¿se explicaron los riesgos y las características de las mismas a los inversores? Sin embargo, poco se ha comentado sobre ¿cómo tributan las preferentes o si puedo compensar el rendimiento negativo generado?
Las rentas percibidas por los inversores tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios, ya se trate de la remuneración percibida por su titular -que tendrá una retención del 21%-, como la procedente de la transmisión o amortización de dichos valores -no tiene retención-.
La venta de participaciones preferentes generando un rendimiento del capital mobiliario negativo, podrá ser compensada con rendimientos del capital mobiliarios positivos generados a lo largo de ese mismo ejercicio -intereses, dividendos, cupones, rescate de seguros no colectivos, venta de activos de renta fija-, pero nunca con ganancias patrimoniales -venta de acciones, fondos de inversión, productos derivados o inmuebles-.
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La visión global que ofrece el asesoramiento financiero, basado en un estudio de planificación financiera, nos permite anticipar este tipo de situaciones. Al fin y al cabo, en la gestión de las finanzas personales, lo primero "Eres tú, no tu dinero".
Paula Satrústegui