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El Gobierno retoca las penas en la propiedad industrial

El abuso e infidelidad de los directivos a su empresa serán delito si causan perjuicio económico

La reforma del Código Penal aprobada hoy por el Gobierno busca reforzar la protección de los procedimientos y la administración judicial, además de separar los niveles de responsabilidad en los delitos contra la propiedad intelectual.

La reforma del Código Penal aprobada hoy por el Consejo de Ministros, caracterizada por un endurecimiento de las penas, abarca también a ciertos delitos económicos, como los que puedan cometer los administradores concursales, que podrán ser condenados por malversación y cohecho.

Además, se tipifican las conductas de obstaculización de la ejecución y la ocultación de bienes, todo ello para "agilizar , aumentar y dotar de mayor efectividad a la ejecución, lo que reforzará la protección de los acreedores". En la misma línea, se adecua la insolvencia punible a los supuestos de acreedores declarados fraudulentos.

Pero la reforma presentada hoy por el ministro de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón, endurece también las consecuencias penales de la administración desleal y la malversación: así, las conductas de abuso e infidelidad de los administradores de las empresas que causen un perjuicio económico pasarán a considerarse delito patrimonial. En línea con la Ley de Transparencia, la administración desleal de fondos públicos será castigada como delito de malversación.

Delitos contra la propiedad industrial

La reforma diferencia claramente los niveles de responsabilidad en los delitos contra la propiedad industrial, fundamentalmente la violación de derechos de autor: los importadores y distribuidores mayoristas verán agravada su pena, mientras que se atenuará la de los distribuidores minoristas y vendedores al público (por ejemplo, el famoso top manta).

Por último, la reforma penal, pendiente de aprobación parlamentaria, transpone al ordenamiento jurídico español varias directivas europeas relativas a la lucha contra el racismo y la xenofobia, por la que se tipifica la negación del genocidio siempre que incite al odio contra las minorías; la lucha contra los abusos y explotación sexual de los menores y pornografía infantil, en la que se delimita la pornografía infantil punible, incluyendo montajes fotográficos con menores, y la lucha contra la trata de seres humanos.

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