Más jueces para aplicar la reforma laboral
Pese a las predicciones del Gobierno -y del propio Poder Judicial- los primeros meses de puesta en marcha de la reforma laboral han elevado de forma sustancial la carga de trabajo en los juzgados de lo social. Desde el Consejo General del Poder Judicial, las previsiones apuntaban a un año con una leve caída, del 1%, en el número de causas laborales. También el Gobierno aseguró en su momento que la reforma incidiría en una mayor clarificación de las causas objetivas de despido y, por tanto, en una menor judicialización de los conflictos entre trabajador y empresa. Sin embargo, por el momento no ha sido así. Los datos del Poder Judicial revelan que durante el primer trimestre del año las demandas por despido registradas ante los juzgados de lo social crecieron más de un 10% respecto al mismo periodo del año anterior. Además, los concursos llegados a la jurisdicción mercantil han aumentado un 20%, mientras que los ERE dirimidos por esa misma vía se han disparado un 70%. En ese mismo periodo, los jueces del ámbito laboral han resuelto un total de 97.847 casos, esto es, un 5% más que el mismo periodo del año anterior. Desde el sector se señalan dos grandes razones para explicar este repunte. Por un lado, el hecho de que los despidos colectivos por causas objetivas sean ahora recurribles ante los juzgados de lo social, frente al mecanismo anterior a la reforma, que los remitía a la jurisdicción contencioso-administrativa. Por otra, a la eliminación del despido exprés -cuya figura se aplicaba a siete de cada diez extinciones-, que permitía al empresario reconocer que el despido tenía carácter improcedente y abonar la indemnización correspondiente sin tener que acudir a los juzgados.
Razones de procedimiento aparte, lo que revela esta primera radiografía de la andadura de la reforma laboral en el ámbito judicial es la necesidad acuciante de aumentar el número de jueces dentro de la jurisdicción de lo social. Un ámbito que siempre se ha caracterizado por su celeridad y su eficacia frente a otras jurisdicciones -es el caso de la contencioso-administrativa- mucho más lentas y saturadas por un número inabarcable de asuntos pendientes de resolver. Tradicionalmente, las sentencias de despido solían dictarse en un plazo de entre cuatro y cinco meses, una situación que ha cambiado radicalmente en los últimos tiempos, hasta el punto de que en algunos juzgados de lo social -como los de Sevilla- se alerte de la existencia de una agenda de juicios pendientes que se remite a 2014 y 2015. Si el objetivo de la reforma laboral es agilizar las relaciones en el mercado de trabajo y flexibilizar las herramientas de que disponen las empresas para hacer frente a la crisis, es necesario dotar al poder judicial de recursos suficientes para aplicar la ley en un plazo suficiente y hacerla, por tanto, real y plenamente efectiva.