La CNMV multa a Reyal Urbis, su presidente y Caja Madrid Bolsa por manipular la cotización
Las operaciones con acciones propias no deben influir de manera determinante en el precio de las acciones. Pero algunas veces no se cumple la normativa. Así lo ha entendido la CNMV, que ha impuesto sanciones por infracciones muy graves a la inmobiliaria Reyal Urbis, a su presidente Rafael Santamaría Trigo y a Caja Madrid Bolsa -hoy, Bankia Bolsa- por prácticas de manipulación de mercado entre el 2 de enero y el 14 de julio de 2008 a través de operaciones de acciones propias (autocartera).
La compañía es la que recibe el castigo más duro, 80.000 euros, seguida de Caja Madrid Bolsa, el bróker a través del que supuestamente se realizaron las operaciones (50.000 euros), y del todavía presidente de la inmobiliaria Rafael Santamaría Trigo, con 20.000 euros, según publica el BOE. La sanción fue impuesta el 27 de febrero por el Ministerio de Economía, si bien la resolución data del 13 de julio. En cualquier caso, la sanción impuesta a Caja Madrid no es firme, puesto que la firma ha interpuesto un recurso.
La Ley de Sociedades Anónimas permite hoy a las compañías comprar títulos propios hasta un 10% de su capital, si bien en el momento en que se cometió la infracción el máximo era del 5%. Las cotizadas que hayan recibido el visto bueno de sus juntas podrán utilizar esta potestad con distintas finalidades. Pueden comprar los títulos para remunerar a sus socios (amortizándolos o entregándoselos a modo de dividendo), como canje en operaciones corporativas o para dar liquidez al valor en Bolsa en momentos complicados. Es decir, pueden utilizar la autocartera para evitar males mayores cuando el mercado es muy estrecho y las caídas se retroalimentan.
La CNMV admite en una circular sobre los contratos de liquidez publicada en enero de 2008 que las cotizadas pueden hacer uso de su autocartera "con el único objetivo de favorecer la liquidez de las transacciones y la regularidad de la cotización de sus acciones".