La CNC califica de poco "ambiciosa" la reforma de horarios comerciales
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) considera "tímida" y poco "ambiciosa" la reforma de horarios comerciales aprobada por el Gobierno el 13 de julio. El organismo dice que la flexibilización de horarios supondrá únicamente aumentar la jornada un 25% y, en apertura de festivos, el cambio significará subir el umbral de mínimos en "solo" dos días (de 8 a 10).
Competencia ha elaborado un informe, sobre las medidas de liberalización comercial que el Gobierno aprobó el pasado 13 de julio mediante un real decreto-ley con el que se pretende garantizar la estabilidad presupuestaria y fomentar la competitividad. El organismo valora "positivamente" la iniciativa global de la reforma que busca liberalizar y relajar la regulación de la jornada y horarios comerciales y la promoción de ventas.
Sin embargo, cree que en algunos puntos la norma se ha quedado corta. Así, el impulso liberalizador, con la regulación de mínimos en cuanto a libertad comercial que ha de respetar obligatoriamente la normativa autonómica, "es tímido y podría ser más ambicioso".
En materia de horarios, el organismo considera que la flexibilización supone, en media y contando seis días a la semana como laborables, la posibilidad de incrementar el 25% de la jornada (de 12 a 15 horas). Y sobre las aperturas en festivos, el cambio supone en la práctica, según Competencia, "únicamente subir el umbral de mínimos en solo dos festivos (de 8 a 10)". Para la CNC, "solo en la liberalización de los periodos de rebajas se registran avances más profundos".
De esta forma, vuelve a abogar por la eliminación total de las restricciones de días y horarios de apertura, estableciendo la libertad de disposición con carácter general, sin discriminaciones entre formatos ni tamaños. Asimismo, pide otra vez una revisión en profundidad de la normativa comercial estatal, y en particular de la Lorcomin, que elimine restricciones a la competencia "injustificadas" en su necesidad y proporcionalidad.
Sobre la ampliación a 90 horas semanales del horario global en que los comercios podrán desarrollar su actividad durante el conjunto de días laborables de la semana, cree que se tendría que haber optado por una liberalización total en la normativa básica, "sin posibilidad de restricciones adicionales por parte de las comunidades autónomas".
En cuanto al establecimiento de un mínimo de 10 días de aperturas en festivos, piensa que "operará previsiblemente, de facto, como un máximo. La fijación de dos días más que en la actualidad "constituye una fuerte restricción a la competencia que no se encuentra justificada". La CNC sugiere que se debería haber consolidado la libertad de apertura total.
Aunque en caso de mantenerse este mínimo, piensa que se debería haber incluido una disposición que habilitara al Gobierno para, en un plazo corto, "inferior al año", revisase dicho umbral al alza. Finalmente, en relación con los domingos y festivos de apertura, a la hora de determinar los criterios para su elección, "hubiera resultado preferible minimizar la intervención e impedir las restricciones a la apertura".
El real decreto-ley del Gobierno incrementa el umbral mínimo que las autonomías pueden fijar para el horario global de los comercios hasta las 90 horas semanales. También, eleva hasta los 16 el número anual mínimo que los comercios podrán permanecer abiertos en domingos y festivos, sin que las autonomías puedan limitarlos por debajo de 10. Por último, delimita las zonas de gran afluencia turística donde los establecimientos tendrán plena libertad.
Rebajas
A mejor: sobre promoción de ventas, la regulación supone una mejora, dice la CNC. Aunque se mantienen los conceptos de venta en rebajas o a saldos, cree que se liberalizan determinados aspectos (con libertad de periodos de rebajas) y se relajan otros (con los artículos que pueden ponerse a la venta bajo dichas modalidades).A favor: valora "muy" positivamente estos cambios que habían sido demandados por la CNC "reiteradamente".
Zonas de gran afluencia turística poco precisas
"Excesivamente indeterminados" los elementos configuradores que deciden cuáles son las zonas de gran afluencia turística. Así considera Competencia en su informe la modificación del régimen de los establecimientos con horarios de carácter especial. En su opinión, se corre el riesgo de que "la normativa autonómica desarrolle de manera adicionalmente restrictiva de la competencia tal concepto" y considera que hubiera sido preferible precisarlos en mayor medida, por ejemplo, diciendo qué se entiende por "concentración de plazas hoteleras", "proximidad a áreas portuarias o aeroportuarias", etc.En cuanto a los criterios objetivos para los municipios que deberán ser declarados como zonas de gran afluencia turística, los cambios deben valorarse como positivos, "pero su aplicación a un número reducido resulta objetable", según la CNC. El organismo va más allí y califica también de "poco ambiciosos" los umbrales que se establecen para la declaración de estas zonas (municipios con más de 200.000 habitantes que hayan registrado más de un millón de pernoctaciones en 2011, por ejemplo). "Esta circunstancia se corrobora si atendemos a la información contenida en el Anexo, en la que solo se recogen 14 municipios de los aproximadamente 8.100 existentes en España que satisfacen las condiciones anteriores".Por lo tanto, pide disminuir los umbrales establecidos "en un plazo breve de tiempo". Sobre los límites en este ámbito a los establecimientos inferiores a 300 metros cuadrados que pertenezcan a grupos de distribución que no sean pymes, piensa que es una medida proteccionista y aboga por que las autonomías puedan modificar al alza el límite para permitir una mayor libertad de apertura.