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Los trabajadores que no hayan aprobado una oposición, en la diana

CC OO: la nueva normativa sobre despido colectivo deja "indefensos" a los empleados públicos

El Área Pública de CC OO ha criticado, a través de un comunicado, que la nueva normativa sobre despido colectivo, que según algunos medios podría permitir regulaciones de empleo en un ente público por falta de dotación presupuestaria, deja "indefenso" al personal laboral de las Adminiostraciones Públicas y "vulnera, una vez más, la Negociación Colectiva".

Para el Área Pública de CCOO la regulación de los procedimientos de despido colectivo en el ámbito de las Administraciones Públicas supone una "peligrosa novedad" para el conjunto del Sector Público al establecer, por primera vez, "cuál va a ser el procedimiento concreto y específico para el despido colectivo del personal laboral ya que se consagra, normativa y definitivamente, el posible despido colectivo con la aprobación del cauce a seguir, lo que puede contribuir a convertir a partir de ahora en algo habitual una cuestión excepcional y puntual".

Consideran que, "además del ensañamiento demostrado por el Gobierno con respecto al personal laboral del Sector Público, se observa un alto grado de determinismo en cuanto al objeto del procedimiento a seguir, en opinión del AP de CCOO"

Es decir, que una vez la Administración de turno "opte por aplicar un despido colectivo, su aprobación va a resultar prácticamente inevitable y, además, en los términos planteados inicialmente". De manera que la primera conclusión sobre este Reglamento es que se trata de un mero formalismo a seguir para llegar al objetivo fijado: el despido.

Mientras que lo regulado en el borrador para el sector privado deja la puerta abierta a una "posible negociación entre las partes, en el sector público se establece una presunción de que, como quien despide es una Administración Pública, el despido es inevitable, no hay más remedio y las razones que apunta gozan de una presunción de veracidad".

Además de dejar "indefensos" al personal laboral de las Administraciones Públicas, esta normativa dota a las Administraciones empleadoras de una capacidad "exorbitante y vulnera el derecho de negociación colectiva garantizado por la Constitución Española y los Convenios Internacionales ratificados por España".

Por último, el Área Pública subraya además que el empleo público es único, compuesto por personal laboral y funcionario, y habrá de determinarse, "so pena de incurrir en arbitrariedad, qué puestos de trabajo son los no precisos, algo que exige una justificación en el marco de un plan de Empleo negociado".

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