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La Audiencia dicta también dos sentencias que eximen a la empresa de responsabilidad

Aena condenada a indemnizar a tres viajeros por el plante de los controladores

La Audiencia, en tres sentencias distintas, condena a Aena a indemnizar con 290 euros a otros tantos pasajeros atrapados por el cierre del cielo tras el plante de los controladores en 2010. El juez fija que "la responsabilidad patrimonial solo puede exigirse" a Aena y abre la vía de reclamaciones a 63.000 afectados. Otra sala de la Audiencia ha emitido dos sentencias en sentido contrario.

Aena condenada a indemnizar a tres viajeros por el plante de los controladores
Aena condenada a indemnizar a tres viajeros por el plante de los controladores

Las sentencias más temidas por Aena se han producido. La sala siete del juzgado central de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado tres sentencias diferentes en las que se señala la responsabilidad patrimonial de Aena por los daños ocasionados a tres pasajeros distintos en el caso del cierre del espacio aéreo español, decretado por Fomento el 3 de diciembre de 2010. El cierre se produjo tras el plante de unos 450 controladores aéreos de la división de navegación aérea de Aena.

En una de las tres sentencias, que son irrecurribles, la Audiencia condena a la empresa pública que presta el servicio de navegación en España, a indemnizar con 290 euros a un pasajero atrapado por el cierre con el argumento de que la responsabilidad patrimonial por aquellos sucesos "solo y exclusivamente puede exigirse" a Aena.

El juez estima de modo parcial el recurso que presentó el pasajero, al que se le canceló un vuelo Ibiza-Madrid. La sentencia revoca un fallo anterior que desestimaba la reclamación por responsabilidad patrimonial interpuesta frente a Aena.

Fuentes de la defensa de los controladores, que dijeron no conocer más que el contenido de una de las tres sentencias citadas, recalcaron que el juez interpreta que los controladores aéreos que dejaron sus puestos "en ningún caso son un elemento extraño a la entidad demandada", Aena, ya que forman parte de su plantilla.

La sentencia esgrime que ni las actuaciones u omisiones de los controladores en relación con la prestación del servicio "pueden considerarse ajenas al ámbito decisorio o las facultades de actuación o responsabilidad" del proveedor del servicio de navegación aérea.

El juez, en otro apartado de la sentencia que recoge la agencia Efe, explica que no puede acogerse "la concurrencia de fuerza mayor como causa de exoneración de la responsabilidad" de la Administración, "ya que desde antiguo el Tribunal Supremo viene exigiendo" dos requisitos, que son la inevitabilidad y la ajenidad.

"En ningún caso puede considerarse que los empleados de la administración sean un elemento ajeno al servicio que presta esa administración", añade el fallo. El pasajero reclamaba una cantidad de 3.740 euros, pero el tribunal la ha reducido a 290 euros.

Fuentes de Aena recordaron que la empresa posee un seguro de responsabilidad civil que elimina cualquier incertidumbre sobre el impacto que pudieran tener las más de 20.000 reclamaciones planteadas por el mismo suceso sobre las cuentas de Aena.

Fuentes jurídicas dijeron que en su día unos 63.000 afectados, sobre un total de más de medio millón, realizó las reclamaciones oportunas ante Aena por los daños ocasionados tras el cierre del espacio aéreo. En teoría esos 63.000 viajeros podrían intentar beneficiarse de las sentencias que declaran responsable a Aena.

Por otra parte, los representantes de los trabajadores de las plantilla de Aena aceptan retornar a la mesa de negociaciones con la empresa pública. El retorno se produce al cumplirse la condición impuesta de que se negocie un plan de viabilidad para todos los aeropuertos y no solo para los 19 con menor tráfico. Las centrales aceptan que a partir de finales de agosto se recorte el horario operativo de esos 19 aeropuertos pero sin que haya efecto en sus trabajadores, que se mantendrán en sus puestos hasta que concluya la negociación. A partir de ahora, Aena y los sindicatos analizarán una propuesta de viabilidad futura para toda la compañía con medidas como bajas incentivadas o jubilaciones anticipadas.

Cinco resultados con criterios contrarios

De manera sorprendente, junto a las tres sentencias de la sala siete en la Audiencia Nacional contrarias a los intereses de Aena, en la sala uno del mismo tribunal se han producido otras dos sentencias con un contenido divergente. Igual que las tres primeras, los pronunciamientos judiciales fueron provocados por denuncias de otros dos pasajeros afectados distintos. La sala uno del mismo juzgado central de lo contencioso de la Audiencia Nacional se pronuncia en sentido contrario y exonera a Aena de cualquier responsabilidad patrimonial, aunque no han trascendido sus argumentos. El hecho de que en un mismo ámbito judicial puedan darse dictámenes contradictorios, deja abierta la posibilidad de que las iniciativas de los distintos grupos de afectados puedan tener una suerte diversa, según el juzgado que trate sus casos.

Proceso penal

La instrucción del juicio penal por el plante de los controladores aéreos ha sufrido el cambio de su segundo juez instructor en el plazo de tres meses. En junio se decidió no prorrogar la actuación de la magistrada que en abril había sustituido a la titular.

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