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Medida de vigencia temporal

Recorte a las prestaciones por baja de los funcionarios

El Consejo de Ministros ha aprobado la reducción de la cuantía por incapacidad temporal de los empleados públicos. Lo hace, no obstante, únicamente por el plazo que dure la recesión.

El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha anunciado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que el régimen de incapacidad laboral transitoria de los funcionarios se asimilará al régimen general.

La modificación consiste en la reducción de la prestación durante los tres primeros días de la baja al 50%, cuando la causa de la incapacidad sea una enfermedad común o un accidente no laboral. Para estas mismas contingencias, también disminuye la cuantía del subsidio percibido desde el cuarto día hasta el vigésimo, que en ningún caso será superior al 75% de las retribuciones.

Hasta ahora, las bajas médicas de los funcionarios se tramitaban de acuerdo a la normativa de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface), en base a la que los funcionarios percibían el 100% de la prestación durante los tres primeros meses de baja. Esta cuota seguirá siendo aplicable cuando la baja sea causada por enfermedad profesional o accidente laboral, así como "en situaciones como la hospitalización o intervenciones quirúrgicas y otras de carácter excepcional que pudieran merecer un trato diferenciado".

El Ejecutivo ha asegurado que la duración del ajuste es temporal, lestará vigente por el tiempo que se prolonguen las circunstancias económicas actuales.

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