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El alto tribunal admite el recurso de casación de la constructora

El pleito de ACS por su expulsión del consejo de Iberdrola llega al Supremo

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación de ACS contra la sentencia de la Audiencia de Vizcaya, que dio la razón a Iberdrola en su decisión de expulsar al consejero que la constructora nombró en la junta de marzo de 2010 alegando un conflicto de interés.

El pasado viernes, el Tribunal Supremo notificó a ACS la admisión a trámite del recurso de casación que esta compañía había presentado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya por la que avaló el fallo del Juzgado Mercantil número 1 de Bilbao, que había dado por bueno el acuerdo de la junta de Iberdrola de expulsar al consejero de ACS para lo que alegó la existencia de un conflicto de interés. Este juzgado y más tarde la Audiencia provincial dieron la razón a la eléctrica en el pleito iniciado por la constructora que preside Florentino Pérez contra la decisión de la junta de Iberdrola, celebrada el 26 de marzo de 2010, de destituir al consejero elegido por la constructora cogiéndose al sistema de representación proporcional.

ACS es el primer accionista de Iberdrola: en aquel momento tenía un 12,12% del capital y en la actualidad, un 14,9% (llegó a alcanzar el 20,2%, que después ha rebajado al porcentaje actual).

Fuentes jurídicas consideran "extraordinaria" la admisión a trámite del recurso de casación de ACS, pues lo habitual (en más de un 90%) es que estos sean inadmitidos por el Alto Tribunal. Jurídicamente era complicado "porque hay causas muy tasadas para ello y no se trata de recursos ordinarios en los que se puedan replantear los hechos ni los argumentos", aseguran las mismas fuentes, quienes añaden que ha debido influir en ello "la relevancia del caso". De hecho, Iberdrola, daba por hecho que el Supremo no lo admitiría.

La batalla por el acceso al consejo de Iberdrola por parte de ACS se recrudeció en la junta de marzo de 2010 después de que un año antes se le denegara la entrada por falta de vacantes. Estas se produjeron ya en 2010 (aquella junta ratificó la renovación de siete consejeros, la sustitución de otros dos y la amortización del puesto de Juan Luis Arregui) y ACS aprovechó para nombrar un consejero, José María Loizaga, acogiéndose al sistema de representación proporcional. A continuación, y a propuesta del consejo, la junta le destituyó alegando que entre ACS y la eléctrica que preside Ignacio Sánchez Galán, existía "un conflicto de competencia estructural, directa y permanente", en alusión a las actividades de energías renovables y de ingeniería de la constructora.

Para corroborar dicho conflicto, Iberdrola presentó varios dictámenes de las consultoras PwC y Nera y de varios despachos de abogados, que ACS rechazó alegando, entre otros motivos, que su negocio de energía apenas representaba un 1,2% de sus ingresos, y lo consideró "una excusa más de los administradores de Iberdrola para cerrar el paso a su consejo al primer accionista". De existir algún conflicto de competencia, solo sería puntual y este se podría corregir con "el deber de abstención" que señala la ley, dijo.

El 26 de enero de 2011 el juzgado mercantil número 1 de Bilbao al que recurrió la constructora (el proceso se ha llevado en esta capital vasca por ser la sede de Iberdrola) desestimó íntegramente la demanda de ACS al aceptar la tesis del conflicto de interés permanente. La constructora acudió a las siguientes instancia judicial, la Audiencia de Vizcaya, que un año después, el pasado 24 de enero, volvió a rechazar la pretensión de ACS en una sentencia, quizás, más ambigua. El pleito llega ahora a Madrid, pero llevará también su tiempo.

El segundo juicio sigue en la Audiencia vizcaína

Además de impugnar la junta de Iberdrola celebrada en Bilbao en 2010, en la que fue expulsada del consejo de la eléctrica, ACS llevó también a los tribunales algunos de los acuerdos de la junta de 2011. En ese caso, la constructora denunció el bloqueo de muchos de sus derechos políticos en la propia asamblea de la eléctrica, en la que mantiene un 14,9% del capital. El proceso judicial se ha repetido: ACS denunció dichos acuerdos en un juzgado mercantil de Bilbao (en esa ocasión, el número 2) que, tras ver desestimada su denuncia, recurrió ante la Audiencia Provincial de Vizcaya, donde aún sigue su trámite.Entre una y otra asamblea, el 1 de julio de 2010, el Gobierno de Zapatero aprobó una norma (conocida como la enmienda Florentino) que eliminaba el límite de los derechos de voto en empresas cotizadas. En el caso de Iberdrola, sus estatutos establecían dicho umbral en el 10% por lo que, al desaparecer, los accionistas podrían votar por toda su participación. Esta norma, que entró en vigor el 1 de julio de 2011, recrudeció la larga batalla entre ACS e Iberdrola. De hecho, esta mantuvo desde entonces una dura pugna en el Supremo contra el desblindaje. Finalmente, el actual Gobierno del PP, a través de otra enmienda a una ley en el Senado, ha recuperado los blindajes iniciales, que solo se mantenían en los estatutos de Iberdrola y Telefónica, después de que la junta de Repsol los sacase el pasado mayo de sus estatutos.En este periodo, la crisis económica ha decolorado una batalla corporativa que en nada se parece a la de los inicios. La delicada situación financiera de las empresas ha llevado, en el caso de ACS, a reducir su peso en la eléctrica (cuya cotización ha caído un 32,6% en un año).

BLINDAJES

- La eléctrica que preside Ignacio Galán peleó duramente en el Supremo para recuperar los blindajes, en su caso, del 10%.- Si bien la ley los eliminó hace un año, Iberdrola los mantenía en sus estatutos, pese a que la norma está por encima .- De hecho, aunque el Gobierno de Mariano Rajoy los ha recuperado, la junta de la compañía debe ratificarlos de nuevo, pues los que figuran en sus estatutos se consideran derogados por la ley anterior que los eliminó.

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