Condenan a Ikea a devolver 11,5 millones a la promotora encargada de construir una tienda en Madrid
El juzgado de primera instancia número 35 de Madrid ha condenado a Ikea a devolver a la promotora Chelverton los tres avales ejecutados por 11,5 millones de euros junto con las cantidades establecidas en el contrato por la ejecución de las obras de la que iba a ser la cuarta tienda de Ikea en Madrid, en San Fernando de Henares.
En concreto, según ha explicado la promotora, el juzgado ha declarado "válido y eficaz" el contrato suscrito entre ambas partes, mediante el que la promotora vendió a la multinacional sueca una parcela en el parque comercial Camino Real para ubicar un tienda de 34.705 metros cuadrados.
Según la sentencia, las posibles dilaciones que hubieren existido fueron debidas a la complejidad del proyecto de urbanización y la actuación de Chelverton "ha sido de todo punto y hora diligente, y que el leve retraso, si es que ha existido, ha sido debido en gran medida a actuaciones administrativas", lo que no justifica en ningún caso, según la promotora, la decisión resolutoria de Ikea.
Asimismo recoge que el contenido del contrato "aún puede ser realizado", pues "un simple retraso no perjudica el contenido sustancial del contrato pactado", apunta la promotora, que ha señalado que "los actos propios de Ikea reconocen la prórroga de los plazos iniciales, además de haberse previsto en el propio contrato la posibilidad de que hubiere retrasos".
La sentencia considera la posibilidad de que la actuación de la multinacional no respondiera a causas objetivas, sino a cambios en la política empresarial para desarrollar nuevas tiendas.
Por su parte, desde Ikea Ibérica indicaron que sus abogados están analizando la sentencia, que, recordaron, "no es firme en vía administrativa y por lo tanto es recurrible".