Mi propia empresa, en un día
En España es posible constituir una firma en 24 horas con modalidades electrónicas, aunque la mayoría desconoce su existencia y a los notarios no siempre les interesa darlas a conocer
Desde que en 2005, el ingeniero en informática Ángel María Herrera dejó su trabajo en una consultora para organizar su propia empresa, ha creado nueve, de las cuales siete están funcionando, incluyendo Bubok, una exitosa editorial online dedicada a la publicación de libros bajo pedido.
Para sacar adelante cada una de ellas se ha enfrentado a las dificultades típicas de cualquier emprendedor, como la falta de financiación y contactos, pero también a la maraña de trámites burocráticos. "Entre una cosa y otra, nunca he podido constituir una compañía en menos de un mes", asegura.
Quejas como esta son frecuentes. A pesar de que España ha introducido una serie de mejoras administrativas para facilitar la creación de negocios, entre los emprendedores todavía predomina la sensación de que el proceso es bastante engorroso. "Los trámites se han agilizado, pero no todo lo que podrían. En una semana como máximo, deberías tener tu firma constituida a un coste mínimo: no más de 200 o 300 euros y no los 900 que cuesta actualmente", dice Herrera.
El laberinto de formalidades puede "desquiciar a cualquier emprendedor", corrobora Alejandro Palacios, asesor jurídico de la Asociación de Jóvenes Empresarios (AJE) de Madrid: hay que solicitar un nombre al Registro Mercantil, abrir una cuenta bancaria para depositar el capital social, acudir al notario para que elabore la escritura de constitución, obtener el número de identificación fiscal (NIF), liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales...
Eso sólo en lo que atañe a la constitución, pues para empezar a operar deberá darse de alta en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria, obtener la licencia municipal de obras o de apertura, afiliar en la Seguridad Social a socios, trabajadores y administradores, entre otras cuestiones.
Todo este papeleo lleva un mínimo de 28 días, según el Banco Mundial, cuando la media en los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE) es 12. Sin ir muy lejos, en Portugal toma cinco y en Italia, seis.
Sin embargo, no puede decirse que la Administración española no haya hecho nada por agilizar sus procedimientos. Desde la creación de la red de ventanillas únicas en 1999 hasta la supresión de licencias contemplada en la Ley de Economía Sostenible de 2011, de La Moncloa han salido ocho reformas dirigidas a simplificar la apertura de empresas. De hecho, los 28 días actuales representan una mejora significativa respecto a los 47 de hace apenas un año y los 114 que costaba en 2005.
"Se han tomado muchas medidas, pero hemos sido poco prácticos a la hora de implantarlas y darlas a conocer", dice Carlos Ramos Juárez, experto de ESCP Europe y director de relaciones institucionales de Avalmadrid.
La última ha sido la aprobación a fines de 2010 de un decreto que eximió a la constitución de sociedades del pago de impuestos y creó dos procedimientos exprés. Ambos se realizan de manera íntegramente telemática. Así, el notario envía los estatutos al Registro Mercantil por vía electrónica, que se lo devuelve por el mismo medio, de manera que el cliente sólo tenga que acercarse a firmarlos.
La diferencia estriba en que mientras la modalidad simplificada tarda cinco días hábiles en constituir la empresa, la súper simplificada lo hace en apenas uno, ya que utiliza un estatuto estándar aprobado por el Ministerio de Justicia, con lo cual el registrador no tiene que detenerse a revisarlo. Además, a esta segunda modalidad sólo pueden acogerse empresas con un capital que no supere los 3.100 euros.
El precio de notario y registro, que está fijado por ley, también varía. Mientras que la modalidad simplificada cuesta 250 euros, la súper simplificada cuesta 100.
"La constitución telemática ha agilizado bastante las cosas, pero curiosamente se utiliza poco. De las 81.027 empresas nuevas que se abrieron el año pasado, sólo 306 se crearon a través de Internet", comenta Manuel Ramón Tejeiro, experto de la Universidad Europea de Madrid, que atribuye esta situación al desconocimiento de estas modalidades y quizá también a una cuestión cultural. "Preferimos ir a lo seguro y contratar una gestoría, a la que le resulta más fácil subcontratar abogados que terminan usando los canales clásicos".
Según María Consolación Borrás, experta en derecho mercantil de Russel Bedford, parte del fracaso de la modalidad exprés se debe a que los medios tecnológicos al alcance de notarios y registradores no se han adecuado con la misma rapidez que la entrada en vigor de la norma. La conexión entre ambos es lenta y a veces se interrumpe. "Estos sistemas son poco utilizados porque no se conocen y son muy encorsetados: no permiten hacer estatutos a medida", explica.
Ramos coincide con esta apreciación. "La modalidad telemática está ligada a empresas muy pequeñas. Debería ampliarse a todo el espectro: autónomos, sociedades limitadas de mayor capital. Además, hace falta darlas a conocer de manera clara y didáctica. Incluso, deberían unificarse en un solo procedimiento muy sencillo, para evitar que el empresario se pierda entre tantos mecanismos".
Paradójicamente, su precio bajo también ha dificultado una mayor difusión por parte de los profesionales involucrados. "Al final, a nadie le interesa darlos a conocer: ni a los abogados, porque no les conviene que el cliente, prescindiendo de sus servicios, vaya directamente a la notaría, ni al notario ni al registrador, porque cobran menos, y encima les supone más trabajo", precisa Borrás.
Alejandro Palacios, de AJE Madrid, estima que constituir una empresa siguiendo el camino tradicional cuesta un mínimo de 530 euros entre notario (180-200) y registrador (350-400), y no menos de 800 si se contrata a una gestora.