Ryanair, condenada por impedir el embarque de dos niños sin DNI
Ryanair ha sido condenada a indemnizar con más de 3.000 euros a una pareja con dos hijos a los que impidió embarcar porque los niños no llevaban DNI, aunque sí el Libro de Familia, tal y como informa la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (Ceaccu).
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha condenado a la low cost irlandesa a indemnizar con 3.201,72 euros a esta pareja con dos hijos de tres años y seis meses a los que no permitió embarcar en un vuelo Fuerteventura-Madrid por no poseer el DNI de los niños, aunque sí el Libro de Familia.
La familia afectada usó los modelos gratuitos de demanda judicial de Ceaccu que permiten exigir no solo las indemnizaciones automáticas que la normativa contempla en caso de retrasos, cancelaciones o denegación de embarque -que oscilan entre los 250 y los 600 euros en función de la distancia del trayecto-, sino también por los daños y perjuicios que estas circunstancias puedan ocasionar.
Cabe destacar que la normativa de navegación aérea europea y española establece que el Libro de Familia es suficiente para acreditar la identidad de los menores, por lo que la denegación de embarque en estas circunstancias es "una condición abusiva", señaló Ceaccu.
Ceaccu informa de que los formularios de demanda que se facilitan desde la asociación han sido elaborados por sus servicios jurídicos para que el usuario pueda cumplimentarlos de modo sencillo en pocos minutos y acudir directamente al juzgado sin necesidad de contratar abogado o procurador.
Durante 2011 los usuarios se han descargado 85.805 de estos modelos. Para Ceaccu, "este caso ilustra las miles de pequeñas acciones judiciales que los usuarios están emprendiendo ya contra grandes compañías, impunes en sus prácticas abusivas hasta hace muy poco".