La Comunidad Valenciana limitará las vacaciones de los profesores a agosto
La Generalitat Valenciana regulará que las vacaciones de verano de los docentes del sistema educativo valenciano sean del 1 al 31 de agosto, ampliará el calendario lectivo de los alumnos y flexibilizará el horario de las clases para favorecer la conciliación familiar y laboral.
Así lo recoge el borrador de una nueva orden que la Consejería de Educación, Formación y Empleo ha presentado hoy al pleno del Consejo, y que comenzará a negociarse con los sindicatos y la comunidad educativa para lograr su implantación en el curso escolar 2012-2013.
Estas medidas, que prevén que los profesores estén "a disposición de la Administración" durante todo julio y que el final de curso pueda llegar a ese mes, pretende dotar de flexibilidad y "clarificar" el calendario escolar en la Comunitadad Valenciana, según ha avanzado hoy el vicepresidente del Consejo, José Císcar.
La normativa, que no implicará la contratación de más profesores, se implementará con la ayuda de herramientas informáticas y logrará cumplir con los currículos y mejorar el rendimiento académico.
Entre las novedades que introduce esta nueva regulación destaca que por primera vez se definirá "claramente" que las vacaciones estivales de los docentes se iniciarán el 1 de agosto y finalizarán el 31 de ese mes.
Así, ha indicado el vicepresidente, "julio quedará claramente fijado como un mes no lectivo" pero destinado a la formación de docentes y actividades de refuerzo contra el fracaso escolar u otras que obligarán a los profesores a "estar a disposición de la Administración".
Císcar ha aclarado que esta regulación no modifica el calendario vacacional del profesorado, que ya "trabajaba en julio", pero disipa "la duda que quedaba sobre cuándo tenían vacaciones".
Respecto a los periodos vacacionales de los alumnos, se regulará que las de Navidad comiencen obligatoriamente el 24 de diciembre, en lugar del día 23 como hasta ahora, y finalizarán el 6 de enero.
La Generalitat ofrecerá asimismo la posibilidad de abrir los centros de Educación Infantil y Primaria también por las tardes -en lugar de solo por las mañanas- en los meses de junio y septiembre para conciliar la vida laboral y familiar y a iniciativa de la comunidad educativa del centro.
Desde la Administración autonómica también se incidirá en la importancia de que las actividades que se realicen con motivo de festividades sean extraescolares y no impidan la jornada lectiva, ni siquiera en los últimos días de clase antes de un periodo vacacional.
En Secundaria, la Generalitat podrá decidir de oficio el horario de los 180 institutos públicos, de modo que se podrán establecer dobles turnos para utilizar sus dependencias a la enseñanza de idiomas o a adultos, especialmente por las tardes.
Aparecerá, con la nueva orden, la posibilidad de ampliar el horario escolar para dar clases de refuerzo, con carácter voluntario, y de fijar la jornada continua.
Las pruebas extraordinarias de septiembre podrán, a partir de 2013, realizarse en julio e incluso realizar dos exámenes, uno por cada convocatoria.
La orden permitirá igualmente unificar los plazos y el órgano a los que los centros deberán dirigir sus solicitudes de cambios en el calendario lectivo, y se permitirá la modificación del mismo ante casos de "fuerza mayor", como catástrofes naturales.
En los municipios, a partir de próximo curso se podrán solicitar hasta tres días no lectivos por festividades locales aunque éstos no sean consecutivos, siempre para todos los centros de la localidad.
La nueva orden regulará el inicio y finalización del curso escolar, los días lectivos, las vacaciones, el calendario académico y la jornada lectiva en una resolución que la Consejería de Educación deberá aprobar anualmente.
Císcar se ha mostrado convencido de que con estas medidas se dotará al sistema educativo de "una herramienta más moderna y adaptada a los retos que se proponen".