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Los 31 millones no son compatibles con el mercado común

El Tribunal de la UE deniega las ayudas de Francia a Fagor por la reestructuración de Brandt

El grupo Fagor Electrodomésticos puede ver lastradas sus cuentas considerablemente este año. El Tribunal General de la Unión ha anulado una decisión de la Comisión Europea que aprobó en 2008 unas ayudas de 31 millones de euros destinados a la reestructuración de su filial francesa Brandt

El Alto Tribunal, a instancias de una demanda presentada por sus competidores Electrolux y Whirlpool Europe, estima en su decisión que los apoyos financieros otorgados no son compatibles con el mercado común y que para la concesión de ayudas a la reestructuración se deben adoptar medidas compensatorias "adecuadas" en el sentido de que no deben suponer un deterioro de la estructura del mercado y "proporcionales" al efecto de falseamiento del subsidio.

La resolución, que puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo y limitada a cuestiones de derecho, da un vuelco a la decisión de la Comisión Europea a la que acudieron tanto Fagor como el estado francés para validar una ayudas de 31 millones. La Comisión entendió entonces que las propuestas realizadas por FagorBrandt para adoptar medidas de cese de producción de una compañía fabricante de componentes de lavadoras y de la comercialización de productos para el segmento de frío, cocción y lavavajillas durante cinco años, podían ser consideradas medidas compensatorias que mitigarían los efectos negativos en la competencia generados por la concesión de ayudas.

Esta decisión del Ejecutivo comunitario, recurrida por Electrolux y Whirlpool Europe ante el Tribunal General, se suma a otra anterior en la que aprobó, también la concesión de subsidios a otra filial de FagorBrandt por parte del estado italiano y que fue revocada por el Alto Tribunal. En la sentencia hecha pública esta mañana, el Tribunal General expone que los parámetros utilizados por la Comisión eran erróneos. Le recuerda, además, que en el subsidio "ilegal e incompatible" concedido por Italia no se había recuperado en su totalidad. La Comisión, según el auto, deberá pagar sus costas y la de los demandantes Electrolux y Whirlpool.

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