_
_
_
_
_

Otras novedades de la Ley

BAJAS LABORALES Si el periodo de vacaciones de un trabajador coincide a partir de ahora con una baja por incapacidad temporal que esté derivada por causas distintas a un embarazo, parto o lactancia natural, dicho trabajador podrá disfrutar de esas vacaciones al fin de su incapacidad aunque haya transcurrido el año natural de disfrute; pero y esta es la novedad: ¢siempre y cuando no hayan transcurrido 18 meses desde el final del año en que se hayan originado¢.

CUIDADO DE HIJOS La nueva norma precisa que el derecho a la reducción de jornada por cuidado de un menor de ocho años o de un discapacitado, deberá ser ¢diaria¢. De esta forma se impide los recortes de jornada por este motivo en cómputos semanales o anuales.

HORAS FORMATIVAS La jornada máxima de un contrato de formación no podrá ser de más del 75% de la jornada máxima de convenio o, en su defecto, de la máxima legal, sólo durante el primer año del contrato, ya que podrá elevarse al 85% en el segundo y tercer año de la relación laboral.

PEDIR UN ASCENSO La ley modifica el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores que regula la movilidad funcional. Según la nueva regulación si a un trabajador se le encomienda funciones superiores a las de su grupo profesional en un periodo superior a seis meses durante un año, u ocho meses durante dos años, el trabajador podrá reclamar su ascenso. Si la empresa se niega, podrá hacerlo en el Juzgado de lo Social.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Más información

Archivado En

_
_